Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
BOE-A-2001-9857 · Boletín Oficial del Estado, 2001-05-25 · Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Ley 6/2001 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 6/2001
- Fecha de la disposición
- 2001-04-11
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 125, 2001-05-25
- Entrada en vigor
- 2001-06-24
- Departamento
- Comunidad Autónoma de las Illes Balears
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 112
- Identificador BOE
- BOE-A-2001-9857
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE LAS ILLES BALEARS
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de las Illes Balears ha aprobado y yo, en nombre del Rey, y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 27.2 del Estatuto de Autonomía, tengo a bien promulgar la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Concepto.
- Artículo 2. Finalidad del patrimonio.
- Artículo 3. Régimen jurídico.
- Artículo 4. Autonomía patrimonial del Parlamento.
- Artículo 5. Régimen específico.
- Artículo 6. Clasificación del patrimonio.
- Artículo 7. Representación y defensa en juicio.
- Artículo 8. Acción pública.
- Artículo 9. Obligación de comparecer.
- Artículo 10. Imposibilidad de embargar.
- Artículo 11. Potestad de investigación.
- Artículo 12. Potestad de deslinde y de amojonamiento.
- Artículo 13. Procedimiento de deslinde y amojonamiento.
- Artículo 14. Potestad de recuperación de oficio de la posesión.
- Artículo 15. Potestad de desahucio administrativo.
- Artículo 16. Inscripción en el inventario.
- Artículo 17. Inscripción en el Registro de la Propiedad.
- Artículo 18. Exención tributaria.
- Artículo 19. Características.
- Artículo 20. Deber de cooperación de particulares.
- Artículo 21. Uso común.
- Artículo 22. Uso privativo.
- Artículo 23. Cesión de dominio público.
- Artículo 24. Adscripción de bienes de dominio público.
- Artículo 25. Concepto de concesión de dominio público.
- Artículo 26. Normativa aplicable.
- Artículo 27. Preparación y procedimiento.
- Artículo 28. Duración.
- Artículo 29. Cláusulas obligatorias en las concesiones.
- Artículo 30. Contenido de la concesión.
- Artículo 31. Extinción de las concesiones.
- Artículo 32. Reservas de dominio público.
- Artículo 33. Afectación.
- Artículo 34. Formas y efectos de la afectación.
- Artículo 35. La desafectación.
- Artículo 36. Mutaciones demaniales.
- Artículo 37. Régimen jurídico.
- Artículo 38. Formas de adquirir bienes y derechos.
- Artículo 39. Carácter patrimonial de los bienes y derechos.
- Artículo 40. Adquisiciones a título oneroso.
- Artículo 41. Adquisiciones a título gratuito.
- Artículo 41 bis. Adquisición legal a favor de las administraciones territoriales de las Illes Balears (consejos insulares y ayuntamientos).
- Artículo 41 ter. Adquisiciones sujetas a condición o afectación.
- Artículo 42. Adquisición por prescripción.
- Artículo 43. Adjudicaciones judiciales y administrativas.
- Artículo 44. Formas.
- Artículo 45. Explotación directa o a través de una entidad.
- Artículo 46. Explotación encomendada a particulares.
- Artículo 47. Prórroga y subrogación del contrato de explotación.
- Artículo 48. Ingreso de los productos.
- Artículo 49. Requisitos para gravar bienes o derechos patrimoniales.
- Artículo 50. Transacciones y arbitraje.
- Artículo 51. Procedimiento.
- Artículo 52. Concurso y adquisición directa.
- Artículo 53. Declaración previa de alienabilidad y requisitos.
- Artículo 54. Subasta y alienación directa.
- Artículo 55. Trámites previos.
- Artículo 56. Enajenación de derechos reales.
- Artículo 57. Tanteo y retracto de colindantes.
- Artículo 58. Frutos.
- Artículo 59. Garantías en la alienación.
- Artículo 60. Requisitos.
- Artículo 61. Cesión gratuita de bienes.
- Artículo 62. Reversión.
- Artículo 63. Cesión gratuita de uso.
- Artículo 64. Duración.
- Artículo 65. Forma de concertación.
- Artículo 66. Conservación y mantenimiento del inmueble.
- Artículo 67. Resolución voluntaria del contrato.
- Artículo 68. Otros tipos de arrendamientos.
- Artículo 68 bis. Normas especiales.
- Artículo 69. Adquisición o arrendamiento de bienes muebles.
- Artículo 70. Enajenación.
- Artículo 71. Bienes obsoletos, de aprovechamiento imposible y de valor económico nulo.
- Artículo 72. Permuta, cesión de bienes y cesión gratuita de uso.
- Artículo 73. Aplicación de procedimientos a los bienes semovientes.
- Artículo 74. Adquisición y enajenación.
- Artículo 75. Adquisición o enajenación de cuotas.
- Artículo 76. Procedimientos para la enajenación.
- Artículo 77. Ejercicio de los derechos derivados de los títulos valores.
- Artículo 78. Bienes adscritos.
- Artículo 79. Bienes propios.
- Artículo 80. Inventario de bienes propios.
- Artículo 81. Naturaleza y finalidad del Inventario General.
- Artículo 82. Alcance.
- Artículo 83. Inventario y custodia de los títulos.
- Artículo 84. Comunicación al Inventario.
- Artículo 85. Publicidad.
- Artículo 86. Atribuciones del Consejo de Gobierno.
- Artículo 87. Atribuciones del Consejero competente en materia de patrimonio.
- Artículo 88. Atribuciones de la Dirección General competente en materia de patrimonio.
- Artículo 89. Atribuciones de los Consejeros.
- Artículo 90. Atribuciones de los otros órganos administrativos.
- Artículo 91. Cooperación de otras Administraciones.
- Artículo 92. Principios generales.
- Artículo 93. Restauración del orden jurídico infringido y de la realidad física alterada.
- Artículo 94. Resarcimiento de daños y perjuicios.
- Artículo 95. Principios generales.
- Artículo 96. Infracciones.
- Artículo 97. Calificación de las infracciones.
- Artículo 98. Prescripción.
- Artículo 99. Sanciones pecuniarias.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta. Creación y régimen jurídico del ente instrumental encargado de la gestión inmobiliaria de la comunidad autónoma.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición transitoria.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- Disposición final tercera.
Normas que la modifican o afectan (13)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | el art. 59 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 2/1983, de 25 de febrero |
| Deroga | la Ley 11/1990, de 17 de octubre |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 6/2001?
- Ley 6/2001 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 6/2001?
- El BOE registra 13 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 6/2001?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.