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Ley Vigente

Artículo 9. Obligación de comparecer.

Artículo 9 de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. · BOE-A-2001-9857

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-06-24.

Texto consolidado

Los ciudadanos tienen la obligación de comparecer ante los órganos y servicios administrativos competentes cuando lo exija la tramitación de cualquier procedimiento administrativo en materia de patrimonio de la Comunidad Autónoma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-06-24.

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