Ley 5/2018, de 19 de junio, de la vivienda de las Illes Balears.
BOE-A-2018-9774 · Boletín Oficial del Estado, 2018-07-13 · Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Ley 5/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-12.
Datos clave
- Rango
- Ley 5/2018
- Fecha de la disposición
- 2018-06-19
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 169, 2018-07-13
- Entrada en vigor
- 2018-06-27
- Departamento
- Comunidad Autónoma de las Illes Balears
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-01-12
- Artículos
- 148
- Identificador BOE
- BOE-A-2018-9774
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
LA PRESIDENTA DE LAS ILLES BALEARS
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de las Illes Balears ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 48.2 del Estatuto de Autonomía, tengo a bien promulgar la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Principios rectores.
- Artículo 3. Situación de especial vulnerabilidad en materia de vivienda.
- Artículo 4. Definiciones.
- Artículo 5. Función social de la vivienda.
- Artículo 6. Derecho a la vivienda por situaciones de especial vulnerabilidad.
- Artículo 7. Servicio de interés general.
- Artículo 8. Competencias de la Administración de la comunidad autónoma.
- Artículo 9. Instituto Balear de la Vivienda (IBAVI).
- Artículo 10. Competencias de los Consejos insulares.
- Artículo 11. Competencias de los entes locales.
- Artículo 12. Cohesión social.
- Artículo 13. Calidad de la vivienda.
- Artículo 14. Condiciones para el diseño y la habitabilidad.
- Artículo 15. Criterios de calidad e innovación en materia de vivienda residencial.
- Artículo 16. Cédula de habitabilidad.
- Artículo 17. Deber de conservación y rehabilitación.
- Artículo 18. Fomento de la conservación y la rehabilitación.
- Artículo 19. Declaración de necesidad de rehabilitación.
- Artículo 20. Derecho general de información y retorno de los ocupantes.
- Artículo 21. Planes de fomento de la rehabilitación.
- Artículo 21 bis. Declaración de áreas de conservación y rehabilitación.
- Artículo 21 ter. Alcance de la declaración de áreas de conservación y rehabilitación.
- Artículo 21 quater. Convenios de rehabilitación.
- Artículo 22. De la protección en materia de vivienda.
- Artículo 23. Protección de los consumidores en materia de vivienda.
- Artículo 24. Protección adicional en materia de vivienda.
- Artículo 25. Fomento de los sistemas de mediación extrajudicial.
- Artículo 26. Arrendamientos derivados de procesos hipotecarios.
- Artículo 26 bis. Obligación de oferta de alquiler social respecto a viviendas y terrenos objeto de procesos judiciales o extrajudiciales, a cargo de grandes tenedores.
- Artículo 26 ter. Derecho de tanteo y retracto sobre la totalidad de un inmueble.
- Artículo 26 quater. Derechos de adquisición preferente en las transmisiones entre grandes tenedores respecto a viviendas y terrenos adquiridos en procesos judiciales o extrajudi…
- Artículo 26 quinquies. Procedimiento para el ejercicio del derecho de tanteo en las transmisiones entre grandes tenedores respecto a viviendas y terrenos adquiridos en procesos …
- Artículo 26 sexies. Procedimiento para el ejercicio del derecho de retracto en las transmisiones entre grandes tenedores respecto a viviendas y terrenos adquiridos en procesos j…
- Artículo 27. Ayudas o prestaciones en materia de vivienda.
- Artículo 27 bis.
- Artículo 28. Programa de cesión de viviendas.
- Artículo 29. Viviendas de inserción.
- Artículo 30. Convenios de colaboración con grandes tenedores.
- Artículo 31. Actuaciones preventivas.
- Artículo 32. Servicio de acompañamiento en materia de vivienda.
- Artículo 33. Funciones del Servicio de acompañamiento en materia de vivienda.
- Artículo 34. Convenios o acuerdos de colaboración.
- Artículo 35. Servicio de vivienda desocupada.
- Artículo 36. La vivienda desocupada.
- Artículo 37. Medidas para evitar la desocupación.
- Artículo 38. Registro de viviendas desocupadas.
- Artículo 39. Inscripción en el Registro.
- Artículo 40. Actuaciones de inspección.
- Artículo 41. Obligación de colaboración.
- Artículo 42. Cesión de viviendas desocupadas de grandes tenedores.
- Artículo 43. Concepto.
- Artículo 44. Fondo de atención solidaria de suministros básicos.
- Artículo 45. Protocolos de actuación.
- Artículo 46. Gastos por desconexión y reconexión de suministros de gas natural en situaciones que impliquen la necesidad de garantía del mantenimiento de los suministros básicos.
- Artículo 47. Acuerdos o convenios de colaboración.
- Artículo 48. Obligación de información.
- Artículo 49. Definición.
- Artículo 50. Función.
- Artículo 51. Desarrollo reglamentario.
- Artículo 52. Definición.
- Artículo 53. Función.
- Artículo 54. Desarrollo reglamentario.
- Artículo 55. Obligación del depósito de fianzas.
- Artículo 56. Naturaleza y realización del depósito.
- Artículo 57. Ejecutividad.
- Artículo 58. Registro de fianzas de contratos de arrendamiento.
- Artículo 59. Exigibilidad pública.
- Artículo 60. Exigibilidad privada.
- Artículo 61. Escritura pública e inscripción registral.
- Artículo 62. Viviendas protegidas.
- Artículo 63. Tipo de promoción.
- Artículo 63 bis. Índice de intensidad residencial para vivienda protegida.
- Artículo 64. Calificación de vivienda protegida.
- Artículo 64 bis. Régimen de acceso a vivienda de protección oficial.
- Artículo 65. Visado.
- Artículo 65 bis. Prohibición de subarriendo o cesión de uso.
- Artículo 66. Duración del régimen legal de protección.
- Artículo 67. Inscripción registral y escritura pública.
- Artículo 68. Publicidad.
- Artículo 69. Adquisición de derechos por silencio administrativo.
- Artículo 70. Registro público de demandantes de viviendas protegidas.
- Artículo 71. Registro de viviendas protegidas de las Illes Balears.
- Artículo 72. Prioridad de los nuevos títulos de acceso alternativos a la compra en la promoción de viviendas con protección oficial.
- Artículo 73. Control e inspección de la función social de la vivienda protegida.
- Artículo 74. Derecho de adquisición preferente.
- Artículo 75. Derechos de tanteo y retracto.
- Artículo 75 bis. Derechos de adquisición en favor de la Administración.
- Artículo 75 ter. El derecho de tanteo de la Administración.
- Artículo 75 quater. El deber de notificación de la decisión de transmitir.
- Artículo 75 quinquies. Ejercicio del derecho de tanteo.
- Artículo 75 sexies. Ejercicio del derecho de retracto.
- Artículo 76. Escritura pública e inscripción registral.
- Artículo 77. Destino de los bienes adquiridos.
- Artículo 78. Desahucio administrativo.
- Artículo 79. Expropiación forzosa.
- Artículo 80. Sujetos responsables.
- Artículo 81. Administraciones competentes.
- Artículo 82. Inspección.
- Artículo 83. Deber de colaboración.
- Artículo 84. Medidas provisionales.
- Artículo 85. Concepto y clasificación.
- Artículo 86. Infracciones leves.
- Artículo 87. Infracciones graves.
- Artículo 88. Infracciones muy graves.
- Artículo 89. Concurrencia de las infracciones.
- Artículo 90. Cuantía de las sanciones.
- Artículo 91. Gradación de las sanciones.
- Artículo 92. Sanciones complementarias.
- Artículo 93. Multas coercitivas no sancionadoras.
- Artículo 94. Destino de las multas impuestas.
- Artículo 95. Plazo de resolución.
- Artículo 96. Ejecución forzosa.
- Artículo 97. Prescripción de las infracciones.
- Artículo 98. Prescripción de las sanciones.
- Artículo 99. Caducidad.
- Disposición adicional primera. Convenios o acciones concertadas.
- Disposición adicional segunda. Agentes implicados en el proceso de transmisión de viviendas.
- Disposición adicional tercera. Registro administrativo y requisitos para los agentes inmobiliarios.
- Disposición adicional cuarta. Legislación estatal supletoria.
Normas que la modifican o afectan (18)
Normas a las que afecta (5)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 5/2018?
- Ley 5/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-12.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 5/2018?
- El BOE registra 18 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 5/2018?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.