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Ley Vigente

Artículo 51. Procedimiento.

Artículo 51 de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. · BOE-A-2001-9857

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-06-24.

Texto consolidado

1. Corresponde a la Consejería competente en materia de patrimonio, a instancia de la Consejería o entidad interesada, la tramitación y resolución de los procedimientos de adquisición a título oneroso de los bienes regulados en este capítulo.

2. La adquisición onerosa mediante el ejercicio de la potestad expropiatoria se rige por su legislación específica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-06-24.

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