Artículo 68. Otros tipos de arrendamientos.
Artículo 68 de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. · BOE-A-2001-9857
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-06-24.
Texto consolidado
En los supuestos de arrendamiento con opción de compra, arrendamiento financiero y demás contratos mixtos, tanto de arrendamiento y adquisición como de enajenación y arrendamiento, a los que no sea aplicable la legislación sobre contratos de las Administraciones Públicas, les es aplicable lo que dispone esta Ley para la adquisición y enajenación de bienes inmuebles.