Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias.
BOE-A-1999-7981 · Boletín Oficial del Estado, 1999-04-09 · Comunidad Autónoma de Canarias
Ley 4/1999 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 4/1999
- Fecha de la disposición
- 1999-03-15
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 85, 1999-04-09
- Entrada en vigor
- 1999-04-24
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Canarias
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 122
- Identificador BOE
- BOE-A-1999-7981
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 12.8 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley.
PREÁMBULO
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto, ámbito territorial y finalidad.
- Artículo 2. Constitución del patrimonio histórico de Canarias.
- Artículo 3. Unidad del patrimonio histórico canario.
- Artículo 4. Deber general de respeto y conservación.
- Artículo 5. Funciones de las Administraciones canarias.
- Artículo 6. Competencias de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.
- Artículo 7. Colaboración de la Iglesia Católica.
- Artículo 8. Competencias de los Cabildos Insulares.
- Artículo 9. Competencias de los Ayuntamientos.
- Artículo 10. Colaboración y coordinación.
- Artículo 11. Consejo del Patrimonio Histórico de Canarias.
- Artículo 12. Comisiones Insulares de Patrimonio Histórico.
- Artículo 13. Consejos Municipales de Patrimonio Histórico.
- Artículo 14. Otras instituciones consultivas.
- Artículo 15. Disposición general.
- Artículo 16. Centro de Documentación del Patrimonio Histórico.
- Artículo 17. Régimen general.
- Artículo 18. Clasificación.
- Artículo 19. Incoación.
- Artículo 20. Efectos.
- Artículo 21. Tramitación.
- Artículo 22. Declaración.
- Artículo 23. Registro Canario de Bienes de Interés Cultural.
- Artículo 24. Bienes muebles vinculados.
- Artículo 25. Desafectación y modificaciones.
- Artículo 26. Delimitación y entorno de protección.
- Artículo 27. Señalización.
- Artículo 28. Acceso a los bienes de interés cultural.
- Artículo 29. Protección integral.
- Artículo 30. Planes Especiales de Protección.
- Artículo 31. Contenido básico.
- Artículo 32. Tramitación.
- Artículo 33. Autorización de obras.
- Artículo 34. Normas comunes a los Conjuntos Históricos.
- Artículo 35. Rótulos de obra.
- Artículo 36. Régimen general.
- Artículo 37. Deber de colaboración de los propietarios.
- Artículo 38. Restauración de los bienes inventariados.
- Artículo 39. Asistencia técnica.
- Artículo 40. Traslados y obras en inmuebles.
- Artículo 41. Comercio.
- Artículo 42. Prohibición de enajenación.
- Artículo 43. Objeto y contenido.
- Artículo 44. Carácter y tramitación.
- Artículo 45. Grados de protección.
- Artículo 46. Tipos de intervención.
- Artículo 47. Incorporación al planeamiento urbanístico.
- Artículo 48. Medidas cautelares.
- Artículo 49. Legitimación de expropiaciones.
- Artículo 50. Derechos de tanteo y retracto.
- Artículo 51. Evaluación del impacto ecológico.
- Artículo 52. Deber de conservación.
- Artículo 53. Órdenes de ejecución.
- Artículo 54. Utilización de los bienes del patrimonio histórico.
- Artículo 55. Autorización previa.
- Artículo 56. Tramitación.
- Artículo 57. Criterios de intervención.
- Artículo 58. Expedientes de ruina.
- Artículo 59. Coordinación con la normativa urbanística.
- Artículo 60. Bienes integrantes.
- Artículo 61. Dominio público.
- Artículo 62. Bienes arqueológicos de interés cultural.
- Artículo 63. Parques Arqueológicos.
- Artículo 64. Cartas arqueológicas.
- Artículo 65. Protección cautelar de los yacimientos.
- Artículo 66. Definición y régimen de autorizaciones.
- Artículo 67. Resultados de la intervención.
- Artículo 68. Intervenciones ilegales.
- Artículo 69. Desplazamiento de estructuras arqueológicas.
- Artículo 70. Régimen de los hallazgos casuales.
- Artículo 71. Posesión de objetos arqueológicos.
- Artículo 72. Régimen del patrimonio paleontológico.
- Artículo 73. Patrimonio etnográfico.
- Artículo 74. Régimen de protección del patrimonio etnográfico.
- Artículo 75. Parques Etnográficos.
- Artículo 76. Museos.
- Artículo 77. Determinación de su régimen.
- Artículo 78. Régimen de los museos públicos.
- Artículo 79. Museos concertados.
- Artículo 80. Museos privados.
- Artículo 81. Política de museos.
- Artículo 82. Museos arqueológicos y de sitio.
- Artículo 83. Creación de los museos.
- Artículo 84. Sistema Canario de Museos.
- Artículo 85. Control de los fondos museísticos.
- Artículo 86. Inventario del museo.
- Artículo 87. Centralización de la información.
- Artículo 88. Traslados de los fondos.
- Artículo 89. Subvenciones a particulares.
- Artículo 90. Transmisiones de bienes inmuebles.
- Artículo 91. Pago con bienes culturales.
- Artículo 92. Restauración de edificios protegidos.
- Artículo 93. 1 por 100 cultural.
- Artículo 94. Directrices de Ordenación del Patrimonio Histórico de Canarias.
- Artículo 95. Acción pública.
- Artículo 96. Infracciones.
- Artículo 97. Responsables.
- Artículo 98. Prescripción.
- Artículo 99. Sanciones.
- Artículo 100. Reparación de daños.
- Artículo 101. Procedimiento y competencias.
- Artículo 102. La inspección de patrimonio histórico.
- Artículo 103. Inspectores de patrimonio histórico.
- Artículo 104. Actuaciones de la inspección.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición adicional sexta.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición transitoria cuarta.
- Disposición transitoria quinta.
- Disposición transitoria sexta.
- Disposición transitoria séptima.
- Disposición transitoria octava.
- Disposición transitoria novena.
- Disposición final primera.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. |
| De conformidad con | Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Canarias. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 4/1999?
- Ley 4/1999 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 4/1999?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 4/1999?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.