Artículo 95. Acción pública.
Artículo 95 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias. · BOE-A-1999-7981
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-04-24.
Texto consolidado
Es pública toda acción encaminada a exigir ante los órganos administrativos y los tribunales contencioso-administrativos el cumplimiento de lo previsto en la legislación sobre patrimonio histórico.