Ley 11/2019, de 25 de abril, de Patrimonio Cultural de Canarias.
BOE-A-2019-8707 · Boletín Oficial del Estado, 2019-06-12 · Comunidad Autónoma de Canarias
Ley 11/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Ley 11/2019
- Fecha de la disposición
- 2019-04-25
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 140, 2019-06-12
- Entrada en vigor
- 2019-06-13
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Canarias
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 170
- Identificador BOE
- BOE-A-2019-8707
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio a todos los ciudadanos y ciudadanas que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 47.1 del Estatuto de Autonomía de Canarias, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 11/2019, de 25 de abril, de Patrimonio Cultural de Canarias.
PREÁMBULO
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Principio de unidad del patrimonio cultural de Canarias.
- Artículo 5. Derechos y deberes.
- Artículo 6. Colaboración institucional.
- Artículo 7. Colaboración de la Iglesia católica.
- Artículo 8. Políticas sectoriales.
- Artículo 9. Niveles de protección.
- Artículo 10. Entorno de protección.
- Artículo 11. Tipos de intervención.
- Artículo 12. Instrumentos de protección del patrimonio cultural de Canarias.
- Artículo 13. Sistema de Información del Patrimonio Cultural de Canarias.
- Artículo 14. Disposiciones generales.
- Artículo 15. Competencias de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Artículo 16. Competencias de los cabildos insulares.
- Artículo 17. Competencias de los ayuntamientos.
- Artículo 18. Consejo del Patrimonio Cultural de Canarias.
- Artículo 19. Comisiones insulares de patrimonio cultural.
- Artículo 20. Consejos municipales de patrimonio cultural y unidades municipales de patrimonio cultural.
- Artículo 21. Otras instituciones consultivas.
- Artículo 22. Régimen general.
- Artículo 23. Clasificación de los bienes de interés cultural inmuebles.
- Artículo 24. Clasificación de los bienes de interés cultural muebles.
- Artículo 25. Clasificación de los bienes de interés cultural inmateriales.
- Artículo 26. Declaración de un bien de interés cultural.
- Artículo 27. Iniciación del procedimiento de declaración.
- Artículo 28. Contenido y efectos del inicio.
- Artículo 29. Notificación y publicación de la resolución de inicio.
- Artículo 30. Instrucción y tramitación.
- Artículo 31. Plazo de resolución y declaración de caducidad.
- Artículo 32. Finalización del procedimiento.
- Artículo 33. Registro de Bienes de Interés Cultural de Canarias.
- Artículo 34. Inscripción en el Registro de la Propiedad.
- Artículo 35. Desafectación total o parcial y modificaciones.
- Artículo 36. Protección de los conjuntos históricos.
- Artículo 37. Planes especiales de protección.
- Artículo 38. Contenido básico de los planes especiales de protección.
- Artículo 39. Catálogos insulares de bienes patrimoniales culturales.
- Artículo 40. Competencia.
- Artículo 41. Iniciación del procedimiento para la inclusión de un bien.
- Artículo 42. Contenido y efectos de la iniciación.
- Artículo 43. Notificación y publicación de la resolución de inicio.
- Artículo 44. Instrucción y tramitación.
- Artículo 45. Plazo de resolución y caducidad.
- Artículo 46. Finalización del procedimiento.
- Artículo 47. Efecto de la inclusión de un bien en el catálogo insular de bienes patrimoniales culturales.
- Artículo 48. Inscripción en el catálogo insular de bienes patrimoniales culturales.
- Artículo 49. Desafectación total o parcial y modificaciones.
- Artículo 50. Catálogos municipales de bienes patrimoniales culturales.
- Artículo 51. Criterios para la catalogación de bienes inmuebles.
- Artículo 52. Contenido de los catálogos municipales.
- Artículo 53. Competencia.
- Artículo 54. Procedimiento.
- Artículo 55. Registro de bienes y espacios incluidos en los catálogos municipales.
- Artículo 56. Régimen común de protección y conservación.
- Artículo 57. Deber general de protección y conservación.
- Artículo 58. Incumplimiento de las obligaciones de protección y conservación.
- Artículo 59. Medidas cautelares.
- Artículo 60. Protección de la legalidad y restablecimiento del orden jurídico perturbado.
- Artículo 61. Comercio de bienes muebles.
- Artículo 62. Autorizaciones preceptivas.
- Artículo 63. Planes, programas, instrumentos y proyectos con incidencia sobre el patrimonio cultural.
- Artículo 64. Limitación del aprovechamiento urbanístico.
- Artículo 65. Normas comunes.
- Artículo 66. Expedientes de ruina.
- Artículo 67. Inspección periódica de edificaciones.
- Artículo 68. Normas comunes.
- Artículo 69. Acceso a los bienes.
- Artículo 70. Prohibición de enajenación de bienes muebles.
- Artículo 71. Autorización previa para intervenciones en bienes muebles.
- Artículo 72. Intervenciones en bienes muebles.
- Artículo 73. Autorización previa para intervenciones en bienes inmuebles.
- Artículo 74. Intervenciones en bienes inmuebles.
- Artículo 75. Medidas de protección de bienes muebles existentes en los inmuebles a intervenir.
- Artículo 76. Derechos de tanteo y retracto.
- Artículo 77. Señalización.
- Artículo 78. Legitimación para expropiar.
- Artículo 79. Normas comunes.
- Artículo 80. Intervenciones en conjuntos históricos.
- Artículo 81. Normas comunes.
- Artículo 82. Intervenciones permitidas y grados de protección.
- Artículo 83. Bienes integrantes.
- Artículo 84. Régimen de protección.
- Artículo 85. Dominio público.
- Artículo 86. Posesión de objetos arqueológicos.
- Artículo 87. Bienes arqueológicos de interés cultural.
- Artículo 88. Protección cautelar de los yacimientos.
- Artículo 89. Parques arqueológicos.
- Artículo 90. Actividades arqueológicas.
- Artículo 91. Autorización de actividades arqueológicas.
- Artículo 92. Resultados de la actividad arqueológica.
- Artículo 93. Desplazamiento de estructuras arqueológicas.
- Artículo 94. Hallazgos casuales.
- Artículo 95. Patrimonio arqueológico subacuático.
- Artículo 96. Concepto.
- Artículo 97. Clasificación.
- Artículo 98. Régimen de protección.
- Artículo 99. Parques etnográficos.
- Artículo 100. Desplazamiento de estructuras etnográficas.
- Artículo 101. Concepto.
- Artículo 102. Clasificación.
- Artículo 103. Régimen de protección.
- Artículo 104. Concepto.
- Artículo 105. Régimen jurídico.
- Artículo 106. Concepto.
- Artículo 107. Principios generales.
- Artículo 108. Régimen de protección.
- Artículo 109. Definición de museo.
- Artículo 110. Funciones de los museos.
- Artículo 111. Colección museográfica.
- Artículo 112. Funciones de las colecciones museográficas.
- Artículo 113. Deberes generales de los museos y colecciones museográficas.
- Artículo 114. Clasificación.
- Artículo 115. Museos públicos.
- Artículo 116. Museos concertados.
- Artículo 117. Museos privados.
- Artículo 118. Política de museos.
- Artículo 119. Museos arqueológicos y de sitio.
- Artículo 120. Creación de los museos y colecciones museográficas.
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias. |
| Deroga | Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 11/2019?
- Ley 11/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 11/2019?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.