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Ley Vigente

Artículo 14. Otras instituciones consultivas.

Artículo 14 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias. · BOE-A-1999-7981

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-04-24.

Texto consolidado

Son también instituciones consultivas de las Administraciones Públicas de Canarias el Museo Canario, el Instituto de Estudios Canarios, los museos insulares, las Universidades de La Laguna y de Las Palmas de Gran Canaria y los institutos científicos oficiales, así como las que reglamentariamente se determinen, sin perjuicio del asesoramiento que pueda recabarse de otras corporaciones profesionales y entidades culturales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-04-24.

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