Ley 2/2008, de 28 de mayo, del Cuerpo General de la Policía Canaria.
BOE-A-2008-12494 · Boletín Oficial del Estado, 2008-07-21 · Comunidad Autónoma de Canarias
Ley 2/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-06.
Datos clave
- Rango
- Ley 2/2008
- Fecha de la disposición
- 2008-05-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 175, 2008-07-21
- Entrada en vigor
- 2008-06-04
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Canarias
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-04-06
- Artículos
- 85
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-12494
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 12.8 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la ley 2/2008, de 28 de mayo, del cuerpo general de la policía canaria.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley 9/2007, de 13 de abril, del Sistema Canario de Seguridad y Emergencias y de modificación de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de Canarias, constituye el instrumento normativo que define el contenido, los principios y órganos del Sistema Canario de Seguridad y Emergencias y adapta y actualiza los mecanismos de coordinación de las policías locales de Canarias.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito.
- Artículo 3. Competencias del Gobierno de Canarias respecto al Cuerpo General de la Policía Canaria.
- Artículo 4. Consejería competente en relación con el Cuerpo General de la Policía Canaria.
- Artículo 4 bis. Centro directivo competente en materia de seguridad.
- Artículo 5. Cuerpos de Policía de las administraciones públicas de Canarias: Policía Canaria.
- Artículo 6. Relaciones entre los Cuerpos de Policía de las administraciones públicas de Canarias.
- Artículo 7. Coordinación de los Cuerpos de Policía de las administraciones públicas de Canarias.
- Artículo 8. Del Cuerpo General de la Policía Canaria en funciones de policía local.
- Artículo 9. De las policías locales ejerciendo funciones del Cuerpo General de la Policía Canaria.
- Artículo 10. Junta de Seguridad.
- Artículo 11. Naturaleza y estructura.
- Artículo 12. Misión del Cuerpo General de la Policía Canaria.
- Artículo 13. Agentes de la autoridad.
- Artículo 14. Régimen jurídico.
- Artículo 15. Acatamiento a la Constitución y al Estatuto de Autonomía de Canarias.
- Artículo 16. Obligación de colaborar.
- Artículo 17. Uso del uniforme.
- Artículo 18. Principios básicos de actuación.
- Artículo 19. Funciones.
- Artículo 20. Funcionarios de carrera.
- Artículo 21. Escalas y empleos.
- Artículo 22. Mandos.
- Artículo 22 bis. Escalafón.
- Artículo 22 ter. Aplicación del escalafón.
- Artículo 23. La jefatura.
- Artículo 24. Principios del sistema de selección.
- Artículo 25. Acceso a los empleos de policía y oficial.
- Artículo 26. Acceso a los empleos de subinspector e inspector.
- Artículo 27. Acceso a los empleos de subcomisario y comisario.
- Artículo 28. Acceso al empleo de comisario principal.
- Artículo 29. Cómputo del tiempo de servicio.
- Artículo 30. Formación.
- Artículo 31. Relación de puestos de trabajo.
- Artículo 32. Adscripción.
- Artículo 33. Provisión de puestos de trabajo.
- Artículo 34. Adscripción para los funcionarios de nuevo ingreso.
- Artículo 35. Permanencia en los puestos.
- Artículo 36. Traslado forzoso.
- Artículo 37. Plazo de permanencia en destino forzoso.
- Artículo 38. Destino temporal.
- Artículo 39. Destino a puestos de trabajo de superior empleo.
- Artículo 40. Permutas.
- Artículo 41. Derechos en general.
- Artículo 42. Remuneraciones.
- Artículo 43. Situaciones administrativas.
- Artículo 44. Asistencia jurídica.
- Artículo 45. Deberes.
- Artículo 46. Incompatibilidades.
- Artículo 47. Consumo de drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
- Artículo 48. Obligación de exámenes médicos o psicológicos.
- Artículo 49. Limitación de derechos.
- Artículo 50. Ordenación de la jornada de trabajo.
- Artículo 51. Premios y recompensas.
- Artículo 52. Derecho de sindicación.
- Artículo 53. Concepto de segunda actividad.
- Artículo 54. Causas.
- Artículo 55. Catálogo de puestos de trabajo de segunda actividad.
- Artículo 56. Retribuciones.
- Artículo 57. Agente de la autoridad.
- Artículo 58. Tribunal médico.
- Artículo 59. Disposiciones generales.
- Artículo 60. Incumplimiento de obligaciones y deberes.
- Artículo 61. Sujetos responsables.
- Artículo 62. Clases de faltas.
- Artículo 63. Faltas muy graves.
- Artículo 64. Faltas graves.
- Artículo 65. Faltas leves.
- Artículo 66. Responsabilidad en otras situaciones administrativas.
- Artículo 67. Sanciones.
- Artículo 68. Criterios para sancionar.
- Artículo 69. Competencia disciplinaria.
- Artículo 70. Procedimiento.
- Disposición adicional única. Ficheros de datos personales.
- Disposición transitoria primera. Régimen de seguridad social.
- Disposición transitoria segunda. Acceso desde otros cuerpos.
- Disposición transitoria tercera. Correspondencia de empleos.
- Disposición transitoria cuarta. Adscripción de policías locales.
- Disposición transitoria quinta. Catálogo de puestos de trabajo.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Delegación legislativa y desarrollo.
- Disposición final segunda.
- Disposición final tercera. Acceso a los empleos de subinspector, inspector, comisario y comisario principal de las Policías Locales de Canarias.
- Disposición final cuarta. Empleo de comisario principal de las Policías Locales de Canarias.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (7)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 2/2008?
- Ley 2/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-06.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 2/2008?
- El BOE registra 7 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 2/2008?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.