Artículo 26. Acceso a los empleos de subinspector e inspector.
Artículo 26 de la Ley 2/2008, de 28 de mayo, del Cuerpo General de la Policía Canaria. · BOE-A-2008-12494
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-07-23.
Texto consolidado
1. El acceso al empleo de subinspector se realizará por la modalidad de promoción interna mediante concurso-oposición entre los funcionarios del Cuerpo que se encuentren en situación de servicio activo en el empleo de oficial, tengan un mínimo de dos años de antigüedad en dicho empleo, no hayan sido sancionados por la comisión de falta grave o muy grave, salvo que haya sido cancelada la sanción, y cuenten con la titulación que resultase exigible de acuerdo con la legislación aplicable.
2. El acceso al empleo de inspector se realizará por promoción interna mediante concurso entre los funcionarios que se encuentren en la situación de servicio activo en el empleo de subinspector y reúnan los requisitos previstos en el apartado 1.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2009-12756.