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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 22 ter. Aplicación del escalafón.

Artículo 22 ter de la Ley 2/2008, de 28 de mayo, del Cuerpo General de la Policía Canaria. · BOE-A-2008-12494

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-01.

Texto consolidado

El escalafón del Cuerpo General de la Policía Canaria se aplicará, entre otros, en los siguientes supuestos:

1. Para la obtención de destino en otra base policial del Cuerpo General de la Policía Canaria.

2. Para la aplicación de la sanción de inmovilización a que se refiere el artículo 67.1 d) de la Ley 2/2008, de 28 de mayo, del Cuerpo General de la Policía Canaria.

3. Cuando las necesidades del servicio así lo requieran.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2019-860.

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