Disposición adicional única. Ficheros de datos personales.
Disposición adicional única de la Ley 2/2008, de 28 de mayo, del Cuerpo General de la Policía Canaria. · BOE-A-2008-12494
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-06-04.
Texto consolidado
De conformidad con la legislación vigente, se crearán reglamentariamente los correspondientes ficheros automatizados de carácter personal para todos aquellos registros en los que se realice el tratamiento informatizado de datos de carácter personal.