Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
BOE-A-2003-322 · Boletín Oficial del Estado, 2003-01-07 · Comunidad Autónoma de Cantabria
Ley 6/2002 está derogada desde el 2019-01-03: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Ley 6/2002
- Fecha de la disposición
- 2002-12-10
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 6, 2003-01-07
- Entrada en vigor
- 2003-01-18
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Cantabria
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2019-01-03
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 173
- Identificador BOE
- BOE-A-2003-322
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA
Conózcase que el Parlamento de Cantabria ha aprobado y yo, en nombre de Su Majestad el Rey, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.2.º del Estatuto de Autonomía para Cantabria, promulgo la siguiente Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. El Gobierno de Cantabria.
- Artículo 3. La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 4. El Presidente.
- Artículo 5. Elección.
- Artículo 6. Nombramiento y toma de posesión.
- Artículo 7. Derechos.
- Artículo 8. Incompatibilidades.
- Artículo 9. Atribuciones como representante de la Comunidad Autónoma.
- Artículo 10. Atribuciones como representante ordinario del Estado en Cantabria.
- Artículo 11. Atribuciones como Presidente del Gobierno de Cantabria.
- Artículo 12. Delegación temporal.
- Artículo 13. Sustitución.
- Artículo 14. Cese.
- Artículo 15.
- Artículo 16. Naturaleza.
- Artículo 17. Composición.
- Artículo 18. Atribuciones.
- Artículo 19. Régimen de actuación.
- Artículo 20. El Consejo de Gobierno.
- Artículo 21. Las Comisiones Delegadas del Gobierno.
- Artículo 22. Causas de cese del Gobierno.
- Artículo 23. El Gobierno en funciones.
- Artículo 24. Caducidad de las delegaciones legislativas.
- Artículo 25. Comisión de Secretarios Generales.
- Artículo 26. Gabinetes de los miembros del Gobierno.
- Artículo 27. Nombramiento.
- Artículo 28. Atribuciones, estatuto personal y cese.
- Artículo 29. Los Consejeros.
- Artículo 30. Nombramiento.
- Artículo 31. Derechos.
- Artículo 32. Incompatibilidades.
- Artículo 33. Atribuciones.
- Artículo 34. Sustitución.
- Artículo 35. Cese.
- Artículo 36. Responsabilidad.
- Artículo 37. Control.
- Artículo 38. Decretos legislativos.
- Artículo 39. La delegación legislativa.
- Artículo 40. Control de la legislación delegada.
- Artículo 41. Proposiciones de ley contrarias a las delegaciones legislativas.
- Artículo 42. Principios de organización.
- Artículo 43. Ejercicio de la competencia.
- Artículo 44. Delegación de competencias.
- Artículo 45. Avocación.
- Artículo 46. Encomienda de gestión.
- Artículo 47. Delegación de firma.
- Artículo 48. Suplencia.
- Artículo 49. Administración General.
- Artículo 50. Potestades y privilegios de la Administración General.
- Artículo 51. Órganos de la Administración General.
- Artículo 52. Consejerías.
- Artículo 53. Órganos directivos.
- Artículo 54. Servicios, Secciones y Negociados.
- Artículo 55. Determinación de competencias y funciones.
- Artículo 56. Órganos que actúan fuera del territorio de la Comunidad.
- Artículo 57. Nombramiento y estatuto personal.
- Artículo 58. El Secretario general.
- Artículo 59. El Director general.
- Artículo 59 bis. El Subdirector General.
- Artículo 60. Órganos y demás unidades.
- Artículo 61. Creación, modificación y supresión.
- Artículo 62. Adecuación de estructuras administrativas.
- Artículo 63. Instrucciones y órdenes de servicio.
- Artículo 64. Régimen jurídico.
- Artículo 65. Requisitos de creación.
- Artículo 66. Clasificación de los órganos colegiados.
- Artículo 67. Miembros y composición.
- Artículo 68. Presidente.
- Artículo 69. Miembros.
- Artículo 70. Secretario.
- Artículo 71. Convocatorias y sesiones.
- Artículo 72. Actas.
- Artículo 73. La Administración Institucional.
- Artículo 74. Creación y actividades propias de los organismos públicos.
- Artículo 75. Dependencia y adscripción.
- Artículo 76. Personalidad jurídica y potestades.
- Artículo 77. Clasificación y adscripción de los organismos públicos.
- Artículo 78. Aplicación de los principios de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 79. Funciones.
- Artículo 80. Nombramiento de los titulares de los órganos.
- Artículo 81. Personal.
- Artículo 82. Patrimonio de los Organismos autónomos.
- Artículo 83. Contratación.
- Artículo 84. Régimen presupuestario.
- Artículo 85. Control de eficacia.
- Artículo 86. Actos y resoluciones.
- Artículo 87. Impugnaciones y recursos.
- Artículo 88. Funciones y régimen general.
- Artículo 89. Ejercicio de potestades administrativas.
- Artículo 90. Personal.
- Artículo 91. Patrimonio de las entidades públicas empresariales.
- Artículo 92. Contratación.
- Artículo 93. Régimen presupuestario.
- Artículo 94. Control.
- Artículo 95. Impugnaciones y recursos.
- Artículo 96. Creación.
- Artículo 97. Estatutos.
- Artículo 98. Plan inicial de actuación.
- Artículo 99. Modificación y refundición.
- Artículo 100. Extinción y liquidación.
- Artículo 101. Recursos económicos.
- Artículo 102. Principios de funcionamiento.
- Artículo 103. Desarrollo del principio de servicio a los ciudadanos.
- Artículo 104. Del principio de publicidad.
- Artículo 105. Registros.
- Artículo 106. Derecho de acceso a los archivos y registros.
- Artículo 107. Simplificación de procedimientos.
- Artículo 107 bis. Principios de las intervenciones para el acceso o ejercicio de una actividad.
- Artículo 107 ter. Autorización, declaración responsable y comunicación previa.
- Artículo 107 quáter. Supresión de trámites en los procedimientos iniciados a instancia de parte.
- Artículo 108. Procedimientos con una duración superior a seis meses.
- Artículo 109. Silencio administrativo.
- Artículo 110. Orden jerárquico de las disposiciones administrativas.
- Artículo 111. Decretos.
- Artículo 112. Órdenes.
- Artículo 113. Principios de jerarquía y competencia.
- Artículo 114. Publicación y entrada en vigor.
- Artículo 115. Prohibiciones.
- Artículo 116. Nulidad de pleno derecho.
Normas que la modifican o afectan (19)
Normas a las que afecta (4)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para Cantabria. |
| Deroga | el art. 3.3 de la Ley 7/1984, de 21 diciembre |
| Deroga | Ley 2/1997, de 28 de abril , |
| Deroga | Ley 4/1999, de 24 de marzo |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 6/2002?
- Ley 6/2002 está derogada desde el 2019-01-03: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 6/2002?
- El BOE registra 19 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 6/2002?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.