Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
BOE-A-2018-17138 · Boletín Oficial del Estado, 2018-12-15 · Comunidad Autónoma de Cantabria
Ley 5/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-14.
Datos clave
- Rango
- Ley 5/2018
- Fecha de la disposición
- 2018-11-22
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 302, 2018-12-15
- Entrada en vigor
- 2019-01-03
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Cantabria
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-05-14
- Artículos
- 207
- Identificador BOE
- BOE-A-2018-17138
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA
Conózcase que el Parlamento de Cantabria ha aprobado y yo, en nombre de Su Majestad el Rey, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.2.º del Estatuto de Autonomía para Cantabria, promulgo la siguiente Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. El Gobierno de Cantabria.
- Artículo 3. La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 4. El Sector Público Institucional.
- Artículo 5. El Presidente.
- Artículo 6. Elección.
- Artículo 7. Nombramiento y toma de posesión.
- Artículo 8. Derechos.
- Artículo 9. Incompatibilidades.
- Artículo 10. Atribuciones como representante de la Comunidad Autónoma.
- Artículo 11. Atribuciones como representante ordinario del Estado en Cantabria.
- Artículo 12. Atribuciones como Presidente del Gobierno de Cantabria.
- Artículo 13. Delegación temporal.
- Artículo 14. Suplencia.
- Artículo 15. Cese.
- Artículo 16. Gabinete del Presidente.
- Artículo 17. Nombramiento.
- Artículo 18. Atribuciones, estatuto personal y cese.
- Artículo 19. Naturaleza.
- Artículo 20. Composición.
- Artículo 21. Atribuciones.
- Artículo 22. Régimen de actuación.
- Artículo 23. El Consejo de Gobierno.
- Artículo 24. Las Comisiones Delegadas del Gobierno.
- Artículo 25. Causas de cese del Gobierno.
- Artículo 26. El Gobierno en funciones.
- Artículo 27. Caducidad de las delegaciones legislativas.
- Artículo 28. Comisión de Secretarios Generales.
- Artículo 29. Secretariado del Gobierno.
- Artículo 30. Gabinetes de los miembros del Gobierno.
- Artículo 31. Los Consejeros.
- Artículo 32. Nombramiento.
- Artículo 33. Derechos.
- Artículo 34. Incompatibilidades.
- Artículo 35. Atribuciones.
- Artículo 36. Suplencia.
- Artículo 37. Cese.
- Artículo 38. Responsabilidad política.
- Artículo 39. Control parlamentario.
- Artículo 40. Decretos legislativos.
- Artículo 41. La delegación legislativa.
- Artículo 42. Control de la legislación delegada.
- Artículo 43. Proposiciones de ley contrarias a las delegaciones legislativas.
- Artículo 44. Del control de los actos del Gobierno.
- Artículo 45. Del ejercicio de la iniciativa legislativa y de la potestad reglamentaria del Gobierno.
- Artículo 46. Principios de buena regulación aplicables a las iniciativas normativas.
- Artículo 47. Inderogabilidad singular de los reglamentos.
- Artículo 48. Principios de jerarquía y competencia.
- Artículo 49. Revisión y mejora regulatoria.
- Artículo 50. De la forma y jerarquía de las disposiciones de carácter general.
- Artículo 51. Procedimiento de elaboración de normas con rango de ley y disposiciones de carácter general: Trámites comunes.
- Artículo 51 bis. Procedimiento de elaboración de normas con rango de ley: Trámites específicos.
- Artículo 51 ter. Procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general con forma de decreto: Trámites específicos.
- Artículo 51 quater. Procedimiento de elaboración de las órdenes de los Consejeros: Trámites específicos.
- Artículo 51 quinquies. Conservación de expedientes en repositorio electrónico seguro.
- Artículo 52. Tramitación urgente de iniciativas normativas.
- Artículo 53. Publicación.
- Artículo 54. Principios de organización.
- Artículo 55. Ejercicio de la competencia.
- Artículo 56. Delegación de competencias.
- Artículo 57. Avocación.
- Artículo 58. Encomienda de gestión.
- Artículo 59. Delegación de firma.
- Artículo 60. Suplencia.
- Artículo 61. Administración General.
- Artículo 62. Potestades y privilegios de la Administración General.
- Artículo 63. Órganos de la Administración General.
- Artículo 64. Consejerías.
- Artículo 65. Órganos directivos.
- Artículo 66. Servicios, Secciones y Negociados.
- Artículo 67. Determinación de competencias y funciones.
- Artículo 68. Órganos que actúan fuera del territorio de la Comunidad.
- Artículo 69. Nombramiento y estatuto personal.
- Artículo 70. El Secretario General.
- Artículo 71. El Director General.
- Artículo 72. El Subdirector General.
- Artículo 73. Órganos y demás unidades.
- Artículo 74. Creación, modificación y supresión.
- Artículo 75. Adecuación de estructuras administrativas.
- Artículo 76. Instrucciones y órdenes de servicio.
- Artículo 77. Régimen jurídico.
- Artículo 78. Requisitos de creación.
- Artículo 79. Denominación de los órganos colegiados.
- Artículo 80. Miembros y composición.
- Artículo 81. Presidente.
- Artículo 82. Miembros.
- Artículo 83. Secretario.
- Artículo 84. Convocatorias y sesiones.
- Artículo 85. Actas.
- Artículo 86. El Sector Público Institucional.
- Artículo 87. Principios generales de actuación.
- Artículo 88. El Inventario de Entidades del Sector Público Autonómico.
- Artículo 89. Control de eficacia y supervisión continua.
- Artículo 90. Consejo de seguimiento de la actividad de los entes del sector público institucional autonómico.
- Artículo 91. Medio propio y servicio técnico.
- Artículo 92. Transformación de las entidades integrantes del Sector Público Institucional autonómico.
- Artículo 93. Definición y actividades propias.
- Artículo 94. Creación de organismos públicos autonómicos.
- Artículo 95. Personalidad jurídica y potestades administrativas.
- Artículo 96. Estructura organizativa.
- Artículo 97. Contenido de los estatutos de los organismos públicos.
- Artículo 98. Contenido y efectos del plan de actuación.
- Artículo 99. Gestión compartida de servicios comunes.
- Artículo 100. Fusión y modificación de los organismos públicos.
- Artículo 101. Extinción y disolución de organismos públicos autonómicos.
- Artículo 102. Definición.
- Artículo 103. Nombramiento de los titulares de los órganos.
- Artículo 104. Régimen jurídico.
- Artículo 105. Régimen del personal y de contratación.
- Artículo 106. Régimen económico-financiero y patrimonial.
- Artículo 107. Régimen presupuestario, de contabilidad y control económico-financiero.
- Artículo 108. Definición.
- Artículo 109. Régimen jurídico.
- Artículo 110. Ejercicio de potestades administrativas.
- Artículo 111. Régimen del personal.
- Artículo 112. Contratación.
- Artículo 113. Régimen económico-financiero y patrimonial.
- Artículo 114. Régimen presupuestario, de contabilidad y control económico-financiero.
- Artículo 115. Definición y régimen jurídico.
- Artículo 116. Definición, creación y régimen jurídico.
Normas que la modifican o afectan (9)
Normas a las que afecta (9)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 5/2018?
- Ley 5/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-14.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 5/2018?
- El BOE registra 9 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 5/2018?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.