Ley 2/2019, de 7 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
BOE-A-2019-4565 · Boletín Oficial del Estado, 2019-03-29 · Comunidad Autónoma de Cantabria
Ley 2/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-02.
Datos clave
- Rango
- Ley 2/2019
- Fecha de la disposición
- 2019-03-07
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 76, 2019-03-29
- Entrada en vigor
- 2019-03-09
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Cantabria
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-03-02
- Artículos
- 177
- Identificador BOE
- BOE-A-2019-4565
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA
Conózcase que el Parlamento de Cantabria ha aprobado y yo, en nombre de Su Majestad el Rey, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.2.º del Estatuto de Autonomía para Cantabria, promulgo la siguiente: Ley de Cantabria 2/2019, de 7 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
Preámbulo
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Principios generales.
- Artículo 4. Disposiciones generales.
- Artículo 5. De la Administración de la Comunidad Autónoma.
- Artículo 6. De las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 7. Órgano competente en materia de igualdad de género.
- Artículo 8. Responsables de la igualdad de género.
- Artículo 9. Comisión para la Igualdad de Género del Gobierno de Cantabria.
- Artículo 10. Comisión para la integración de la perspectiva de género en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 11. Observatorio de Igualdad de Género.
- Artículo 12. Órgano de participación, representación y consulta.
- Artículo 13. Coordinación y colaboración.
- Artículo 14. Financiación.
- Artículo 15. Integración de la perspectiva de género.
- Artículo 16. Integración del enfoque de interseccionalidad.
- Artículo 17. Evaluación del impacto de género.
- Artículo 18. Estadísticas y estudios.
- Artículo 19. Comunicación, imagen, publicidad institucional y lenguaje no sexista.
- Artículo 20. Planificación.
- Artículo 21. Representación equilibrada en los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 22. Informes de impacto de género.
- Artículo 23. Presupuestos públicos con enfoque de género.
- Artículo 24. Uso no sexista del lenguaje en el ámbito administrativo. Erradicación del sexismo en el lenguaje institucional y social.
- Artículo 25. Contratación pública.
- Artículo 26. Ayudas y subvenciones.
- Artículo 27. Capacitación del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 28. Racionalización de horarios.
- Artículo 29. Principio de igualdad en la Educación.
- Artículo 30. Implantación de un modelo coeducativo.
- Artículo 31. Promoción de la igualdad de género en los centros educativos.
- Artículo 32. Representación equilibrada de mujeres y hombres en puestos directivos y de decisión.
- Artículo 33. Planificación.
- Artículo 34. Orientación educativa y profesional.
- Artículo 35. Consejo Escolar de Cantabria.
- Artículo 36. Garantías para la efectividad del principio de igualdad.
- Artículo 37. Introducción de objetivos coeducativos en el currículo.
- Artículo 38. Materiales curriculares.
- Artículo 39. Formación del profesorado.
- Artículo 40. Detección e Intervención contra la violencia en el ámbito educativo.
- Artículo 41. Designación de responsable de igualdad en los centros.
- Artículo 42. Inspección educativa.
- Artículo 43. Educación, corresponsabilidad y conciliación familiar, personal y laboral.
- Artículo 44. Igualdad de trato y de oportunidades en la Enseñanza universitaria.
- Artículo 45. Igualdad de oportunidades en la carrera profesional.
- Artículo 46. Representación equilibrada.
- Artículo 47. Financiación de proyectos docentes.
- Artículo 48. Igualdad en la Investigación.
- Artículo 49. Igualdad en la Enseñanza no reglada.
- Artículo 50. Visibilización del trabajo doméstico.
- Artículo 51. Principios generales.
- Artículo 52. Igualdad en las políticas de desarrollo y creación de empleo.
- Artículo 53. Medidas de acción positiva a favor de las mujeres en el ámbito laboral.
- Artículo 54. Atención a mujeres con especiales dificultades de inserción laboral.
- Artículo 55. Fomento del emprendimiento femenino.
- Artículo 56. Servicios para el empleo.
- Artículo 57. Igualdad en los planes de formación.
- Artículo 58. La discriminación salarial.
- Artículo 59. Estadísticas e indicadores.
- Artículo 60. Tutela antidiscriminatoria.
- Artículo 61. Concepto integral de la salud laboral.
- Artículo 62. Integración de la perspectiva de género en la salud y seguridad laboral.
- Artículo 63. Planes de prevención de riesgos.
- Artículo 64. Investigación en salud laboral.
- Artículo 65. Acoso sexual y acoso por razón de sexo.
- Artículo 66. Disposiciones generales en el empleo del Sector Público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 67. Estadísticas desagregadas.
- Artículo 68. Igualdad retributiva en el empleo público.
- Artículo 69. Embarazo y maternidad.
- Artículo 70. Protección frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo en el empleo público.
- Artículo 71. Acceso al empleo público en las Administraciones públicas de Cantabria.
- Artículo 72. Composición equilibrada de órganos de selección y comisiones de valoración en las Administraciones públicas de Cantabria.
- Artículo 73. Acceso al empleo público en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 74. Fomento de la composición equilibrada del personal en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 75. Acciones positivas en los procesos de formación y promoción de puestos de trabajo en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 76. Promoción de la igualdad en la Negociación colectiva.
- Artículo 77. Promoción de la igualdad en la Negociación colectiva por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 78. Control de legalidad de los convenios colectivos.
- Artículo 79. Fomento de la composición equilibrada de la representación legal de trabajadores y trabajadoras de Cantabria.
- Artículo 80. Composición equilibrada de la participación institucional de los sindicatos y asociaciones empresariales.
- Artículo 81. Promoción de la participación de las mujeres en las organizaciones sindicales y empresariales.
- Artículo 82. Negociación colectiva en el Sector público.
- Artículo 83. Apoyo a la implantación de Planes de igualdad.
- Artículo 84. Registro autonómico de Planes de igualdad.
- Artículo 85. Plan para la Igualdad de género en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 86. Medidas específicas para prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo.
- Artículo 87. Igualdad en los procesos de reestructuración.
- Artículo 88. Responsabilidad social de las empresas en materia de igualdad.
- Artículo 89. Publicidad de las acciones de responsabilidad social en materia de igualdad.
- Artículo 90. La promoción de la participación de las mujeres en los Consejos de Administración de las empresas.
- Artículo 91. Derecho y deber de la corresponsabilidad de hombres y mujeres en el ámbito público y privado.
- Artículo 92. De la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
- Artículo 93. Organización de espacios y horarios y creación de servicios.
- Artículo 94. Promoción del ejercicio de derechos de conciliación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 95. Igual derecho a la salud de mujeres y hombres.
- Artículo 96. Integración de la perspectiva de género en las políticas de salud.
- Artículo 97. Perspectiva de género en los Planes de Salud.
- Artículo 98. Problemas de salud específicos de las mujeres.
- Artículo 99. Prevalencia del derecho a la salud.
- Artículo 100. Formación en salud con perspectiva de género.
- Artículo 101. Educación para la promoción de la salud.
- Artículo 102. Integración de la perspectiva de género en investigación en salud.
- Artículo 103. Presencia equilibrada en la Sanidad pública cántabra.
- Artículo 104. La producción estadística sanitaria.
- Artículo 105. Atención a la diversidad en salud.
- Artículo 106. Ciclo vital.
- Artículo 107. Identidad y orientación sexual.
- Artículo 108. Accesibilidad a los servicios.
- Artículo 109. Salud sexual.
- Artículo 110. Programas de información y educación sexual.
- Artículo 111. Salud reproductiva.
- Artículo 112. Corresponsabilidad.
- Artículo 113. Reproducción asistida.
- Artículo 114. Salud mental.
- Artículo 115. Igualdad en las políticas de bienestar social.
- Artículo 116. Mujeres con discapacidad.
- Artículo 117. Envejecimiento activo.
- Artículo 118. Mujeres e interculturalidad.
- Artículo 119. Tráfico y explotación sexual.
- Artículo 120. Igualdad en las actividades artísticas y culturales.
Normas que la modifican o afectan (6)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | en BOE núm. 108, de 6 de mayo de 2019 |
| Corrección de errores | , con rectificación del título, en BOE núm. 108, de 6 de mayo de 2019 |
| Corrección de errores | , con rectificación del título, en BOC núm. 64, de 1 de abril de 2019 |
| Corrección de errores | en BOC núm. 64 de 1 de abril de 2019 |
| Se modifica | los arts. 56, 65.1 y 86.2, por Ley 5/2019, de 23 de diciembre |
| Se modifica | los arts. 17 y 22.2, por Ley 3/2023, de 26 de diciembre |
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 2/2019?
- Ley 2/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-02.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 2/2019?
- El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 2/2019?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.