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Ley Vigente

Artículo 53. Medidas de acción positiva a favor de las mujeres en el ámbito laboral.

Artículo 53 de la Ley 2/2019, de 7 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres. · BOE-A-2019-4565

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-09.

Texto consolidado

Con el fin de favorecer el acceso y la estabilidad de las mujeres en el mercado laboral y avanzar hacia la participación equitativa de mujeres y hombres en el mercado de trabajo, la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria deberá:

a) Implementar medidas para incrementar la participación de las mujeres en los programas de las políticas activas de empleo, teniendo como objetivo alcanzar criterios de proporcionalidad en relación con su presencia entre la población desempleada.

b) Implementar programas de fomento del empleo estable y de calidad para mujeres y de apoyo a la contratación de éstas, con el fin de favorecer el incremento de su participación en las diferentes modalidades de contratación.

c) Desarrollar formación específica y prever ayudas económicas a la contratación, para favorecer la incorporación de las mujeres en sectores profesionales en los que se encuentren infrarrepresentadas y en los nuevos yacimientos de empleo, potenciando su nivel formativo y su adaptabilidad a los requerimientos del mercado de trabajo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-03-09.

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