Artículo 115. Prohibiciones.
Artículo 115 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. · BOE-A-2003-322
Atención: Ley 6/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los reglamentos o disposiciones administrativas de carácter general no podrán establecer penas ni imponer exacciones, tasas parafiscales o multas, salvo en los casos expresamente autorizados por la ley.