Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
BOE-A-2003-8438 · Boletín Oficial del Estado, 2003-04-24 · Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Ley 3/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 3/2003
- Fecha de la disposición
- 2003-03-26
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 98, 2003-04-24
- Entrada en vigor
- 2003-07-03
- Departamento
- Comunidad Autónoma de las Illes Balears
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 98
- Identificador BOE
- BOE-A-2003-8438
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LAS ILLES BALEARS
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de las Illes Balears ha aprobado y yo, en nombre del Rey, y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 27.2 del Estatuto de Autonomía, tengo a bien promulgar la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Personalidad jurídica.
- Artículo 3. Principios de actuación.
- Artículo 4. Estructura territorial.
- Artículo 5. Órganos de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
- Artículo 6. Órganos y unidades administrativas.
- Artículo 7. Las consejerías.
- Artículo 8. La organización interna de las consejerías.
- Artículo 9. Los consejeros.
- Artículo 10. De las atribuciones de dirección.
- Artículo 11. De las atribuciones de gestión.
- Artículo 12. De los titulares de los órganos directivos.
- Artículo 13. De los secretarios generales.
- Artículo 14. De las atribuciones de los secretarios generales.
- Artículo 15. De los directores generales.
- Artículo 16. De las atribuciones de los directores generales.
- Artículo 17. De los órganos colegiados.
- Artículo 18. Requisitos generales de creación.
- Artículo 19. Requisitos formales para la creación.
- Artículo 20. Principios de competencia.
- Artículo 21. Instrucciones, circulares y órdenes de servicio.
- Artículo 22. La abstención.
- Artículo 23. La recusación.
- Artículo 24. La desconcentración.
- Artículo 25. La delegación interorgánica.
- Artículo 26. La delegación en favor de la administración instrumental.
- Artículo 27. Publicidad y eficacia.
- Artículo 28. La avocación.
- Artículo 29. La delegación en favor de los entes territoriales.
- Artículo 30. La encomienda de gestión.
- Artículo 31. La delegación de firma.
- Artículo 32. La suplencia.
- Artículo 33. La suplencia de los titulares de los órganos directivos y de otros órganos.
- Artículo 34. Principios generales.
- Artículo 35. Derecho de atención adecuada.
- Artículo 36. Derecho a la imparcialidad administrativa.
- Artículo 37. Derecho de presentación de escritos y documentos.
- Artículo 38. Derecho de acceso a archivos y registros.
- Artículo 39. Derecho a la calidad de los servicios públicos.
- Artículo 40. Derecho de petición.
- Artículo 41. Derecho de información.
- Artículo 42. Forma de los actos administrativos.
- Artículo 43. Uso del catalán en la actuación administrativa.
- Artículo 44. Uso del catalán en los procedimientos administrativos.
- Artículo 45. Del inicio del procedimiento, la declaración responsable y la comunicación previa.
- Artículo 46. Tramitación y custodia de los expedientes.
- Artículo 47. Efectos de la presentación de solicitudes y documentos.
- Artículo 48. Actuaciones y documentación de los expedientes.
- Artículo 49. Información de los procedimientos en tramitación.
- Artículo 50. Duración de los procedimientos.
- Artículo 51. Efectos del silencio.
- Artículo 52. Ejecución de los procedimientos.
- Artículo 53. El agotamiento de la vía administrativa.
- Artículo 54. Revisión de actos y disposiciones nulos.
- Artículo 55. Declaración de lesividad de actos anulables.
- Artículo 56. Revocación y rectificación.
- Artículo 57. Recurso de reposición.
- Artículo 58. Recurso de alzada.
- Artículo 59. Sustitución de los recursos administrativos.
- Artículo 60. Recurso extraordinario de revisión.
- Artículo 61. Reclamaciones previas a la vía judicial civil y laboral.
- Artículo 62. Procedimientos en materia tributaria.
- Artículo 63. Régimen.
- Artículo 64. Órganos de contratación.
- Artículo 65. Junta Consultiva de Contratación Administrativa.
- Artículo 66. Recurso especial en materia de contratación.
- Artículo 67. Principios de la potestad sancionadora.
- Artículo 68. Órganos competentes.
- Artículo 69. El régimen de la responsabilidad patrimonial.
- Artículo 70. La Abogacía de la comunidad autónoma.
- Artículo 71. Los servicios jurídicos de las consejerías.
- Artículo 72. Coordinación.
- Artículo 73. Régimen general.
- Artículo 74. Representación de los entes instrumentales.
- Artículo 75. Autorizaciones para actuar.
- Artículo 76. Comunicación con los órganos judiciales.
- Artículo 77. Régimen general.
- Artículo 78. Convenios de colaboración.
- Artículo 79. Convenios y acuerdos de cooperación con otras comunidades autónomas.
- Artículo 80. Firma de convenios y acuerdos.
- Artículo 81. Autorización por el Consejo de Gobierno de convenios y acuerdos.
- Artículo 82. Registro de convenios y acuerdos.
- Artículo 83. Planes de actuación conjunta.
- Artículo 84. Organizaciones personificadas de gestión.
- Artículo 85. Consorcios.
- Artículo 86. Sociedades mercantiles públicas.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición adicional sexta.
- Disposición adicional séptima.
- Disposición adicional octava.
- Disposición transitoria única.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
Normas que la modifican o afectan (11)
Normas a las que afecta (5)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 2/1983, de 25 de febrero |
| Deroga | Ley 5/1984, de 24 de octubre , |
| Deroga | Ley 3/1986, de 19 de abril, de Normalización Lingüística. |
| Deroga | Ley 5/1994, de 30 de noviembre |
| Deroga | Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 3/2003?
- Ley 3/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 3/2003?
- El BOE registra 11 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 3/2003?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.