Artículo 81. Autorización por el Consejo de Gobierno de convenios y acuerdos.
Artículo 81 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. · BOE-A-2003-8438
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-07-03.
Texto consolidado
Corresponderá al Consejo de Gobierno:
a) La autorización, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 11 del artículo 19 de la Ley del Gobierno de les Illes Balears, de los convenios y acuerdos previstos en los apartados 1 y 2 del artículo anterior, con independencia de cuál sea su cuantía, así como de los instrumentos de colaboración y cooperación previstos en el apartado 3 del artículo anterior.
b) La autorización de aquellos que, por razón de la cuantía, así lo exija la legislación presupuestaria.