Artículo 82. Registro de convenios y acuerdos.
Artículo 82 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. · BOE-A-2003-8438
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-07-03.
Texto consolidado
1. Se crea el Registro de convenios y acuerdos, como instrumento de publicidad, transparencia y control de los convenios y acuerdos firmados por la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
2. En el Registro de convenios y acuerdos se inscribirán, como mínimo, aquellos que suscriba la Administración de la comunidad autónoma, o alguna de las entidades que integran su administración instrumental, con cualquier otra administración o entidad pública.
3. Reglamentariamente se determinarán el régimen jurídico, el funcionamiento y la adscripción orgánica del Registro de convenios y acuerdos.