Artículo 38. Derecho de acceso a archivos y registros.
Artículo 38 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. · BOE-A-2003-8438
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-07-03.
Texto consolidado
1. Todo ciudadano tiene derecho a acceder a los archivos y registros administrativos en los términos previstos en la normativa vigente.
2. El derecho de acceso conlleva el de obtener copias o certificados de los documentos, previo pago, en su caso, de las exacciones establecidas legalmente.