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Ley Vigente

Artículo 2. Personalidad jurídica.

Artículo 2 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. · BOE-A-2003-8438

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-07-03.

Texto consolidado

1. La Administración de la comunidad autónoma sirve con objetividad los intereses generales y desarrolla funciones ejecutivas de carácter administrativo.

2. Esta administración actúa con personalidad jurídica única para el cumplimiento de sus finalidades.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-07-03.

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