Artículo 42. Forma de los actos administrativos.
Artículo 42 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. · BOE-A-2003-8438
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-07-03.
Texto consolidado
La forma de los actos administrativos, salvo que una ley exija específicamente otra, es la siguiente:
a) Los actos dictados por el presidente adoptan la forma de decreto.
b) Los actos dictados por el Gobierno y por las comisiones delegadas adoptan la forma de acuerdo.
c) Los actos dictados por el vicepresidente y por los consejeros adoptan la forma de resolución.
d) Los actos dictados por otros órganos adoptarán la forma de resolución y, si se trata de órganos colegiados, la de acuerdo.