Artículo 74. Representación de los entes instrumentales.
Artículo 74 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. · BOE-A-2003-8438
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-30.
Texto consolidado
(Derogado)
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears..