Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales.
BOE-A-2011-15726 · Boletín Oficial del Estado, 2011-10-07 · Comunidad Autónoma del País Vasco
Ley 12/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 12/2008
- Fecha de la disposición
- 2008-12-05
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 242, 2011-10-07
- Entrada en vigor
- 2008-12-25
- Departamento
- Comunidad Autónoma del País Vasco
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 124
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-15726
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Se hace saber a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi que el Parlamento Vasco ha aprobado la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Derecho subjetivo a los servicios sociales y tutela judicial efectiva.
- Artículo 3. Titulares del derecho a los servicios sociales.
- Artículo 4. Ámbito de aplicación.
- Artículo 5. El Sistema Vasco de Servicios Sociales.
- Artículo 6. Finalidad del Sistema Vasco de Servicios Sociales.
- Artículo 7. Principios.
- Artículo 8. Modelo de atención y de intervención.
- Artículo 9. Derechos de las personas usuarias de los servicios sociales.
- Artículo 10. Deberes de las personas usuarias de los servicios sociales.
- Artículo 11. Derechos de las personas profesionales de los servicios sociales.
- Artículo 12. Deberes de las personas profesionales de los servicios sociales.
- Artículo 13. Reconocimiento de derechos y deberes en la normativa reguladora de los servicios sociales.
- Artículo 14. Tipos y características de prestaciones.
- Artículo 15. Prestaciones técnicas.
- Artículo 16. Prestaciones económicas.
- Artículo 17. Prestaciones tecnológicas.
- Artículo 18. Servicios.
- Artículo 19. Procedimiento básico de intervención.
- Artículo 20. Instrumentos técnicos comunes.
- Artículo 21. Definición y características del Catálogo de Prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales.
- Artículo 22. Catálogo de Prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales.
- Artículo 23. Cartera de Prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales.
- Artículo 24. Actualización de la Cartera de Prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales.
- Artículo 25. Requisitos de acceso.
- Artículo 26. Procedimiento para el reconocimiento de las prestaciones y servicios contenidos en el Catálogo de Prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales.
- Artículo 27. Organización y estructura del Sistema Vasco de Servicios Sociales.
- Artículo 28. Servicios sociales municipales.
- Artículo 29. Servicio social de base.
- Artículo 30. Servicios sociales forales.
- Artículo 31. Servicios sociales de ámbito autonómico.
- Artículo 32. Personal y estructura de gestión.
- Artículo 33. Disposiciones generales.
- Artículo 34. Principios para la planificación de los servicios sociales.
- Artículo 35. Plan Estratégico de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Artículo 36. Mapa de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Artículo 37. Planes sectoriales.
- Artículo 38. Planes especiales.
- Artículo 39. Disposiciones generales.
- Artículo 40. Del Gobierno Vasco.
- Artículo 41. De las diputaciones forales.
- Artículo 42. De los ayuntamientos.
- Artículo 43. Deber de cooperación y coordinación entre las administraciones públicas competentes en el ámbito de los servicios sociales.
- Artículo 44. Órgano Interinstitucional de Servicios Sociales.
- Artículo 45. Cooperación y coordinación entre el Sistema Vasco de Servicios Sociales y otros sistemas y políticas públicas.
- Artículo 46. Cooperación y coordinación en el ámbito sociosanitario.
- Artículo 47. Garantía de participación.
- Artículo 48. Consejo Vasco de Servicios Sociales.
- Artículo 49. Consejos territoriales y consejos locales de servicios sociales.
- Artículo 50. Registros de servicios sociales.
- Artículo 51. Tipos de registros de servicios sociales.
- Artículo 52. Naturaleza y funciones de los registros de entidades y centros de servicios sociales.
- Artículo 53. Inscripción registral.
- Artículo 54. Fuentes de financiación.
- Artículo 55. Consignaciones presupuestarias.
- Artículo 56. Fórmulas de colaboración financiera entre las administraciones.
- Artículo 57. Participación económica de las personas usuarias.
- Artículo 58. Participación económica de las entidades privadas.
- Artículo 59. Autorización y homologación de servicios y centros.
- Artículo 60. Participación de la iniciativa privada en la prestación de servicios del Catálogo de Prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales.
- Artículo 61. Régimen de concierto.
- Artículo 62. Objeto de los conciertos.
- Artículo 63. Efectos de los conciertos.
- Artículo 64. Requisitos de acceso al régimen de concierto.
- Artículo 65. Medidas de discriminación positiva.
- Artículo 66. Financiación del régimen de concierto.
- Artículo 67. Duración, modificación, renovación y extinción de los conciertos.
- Artículo 68. Formalización de los conciertos.
- Artículo 69. Convenios para la gestión de servicios incluidos en el Catálogo de Prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales.
- Artículo 70. Acuerdos marco de colaboración.
- Artículo 71. Contratación de la gestión de servicios del Catálogo de Prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales y de otras actividades de responsabilidad p…
- Artículo 72. Cláusulas sociales, medidas de discriminación positiva y otros criterios en la contratación.
- Artículo 73. Apoyo público a la iniciativa social sin ánimo de lucro para el desarrollo de prestaciones y servicios no incluidos en el Catálogo de Prestaciones y Servicios del S…
- Artículo 74. De las entidades sin ánimo de lucro.
- Artículo 75. Organizaciones de ayuda mutua y voluntariado social.
- Artículo 76. Disposición general.
- Artículo 77. Observatorio Vasco de Servicios Sociales.
- Artículo 78. Formación y cualificación de profesionales.
- Artículo 79. Sistema Vasco de Información sobre Servicios Sociales.
- Artículo 80. Reserva de denominación.
- Artículo 81. Símbolo distintivo.
- Artículo 82. Ámbito.
- Artículo 83. Funciones.
- Artículo 84. Actuación.
- Artículo 85. Régimen de funcionamiento y deber de colaboración.
- Artículo 86. Organización y régimen de personal.
- Artículo 87. Responsabilidad administrativa.
- Artículo 88. Infracciones.
- Artículo 89. Infracciones leves.
- Artículo 90. Infracciones graves.
- Artículo 91. Infracciones muy graves.
- Artículo 92. Reincidencia.
- Artículo 93. Sanciones.
- Artículo 94. Multas coercitivas.
- Artículo 95. Graduación de las sanciones.
- Artículo 96. Medidas provisionales en procedimientos por infracciones.
- Artículo 97. Prescripciones.
- Artículo 98. Procedimiento sancionador.
- Artículo 99. Registro y publicidad de las sanciones.
- Disposición transitoria primera. Plazo para la universalización del Sistema Vasco de Servicios Sociales.
- Disposición transitoria segunda. Plazo para la distribución competencial.
- Disposición transitoria tercera. Reajuste financiero.
- Disposición transitoria cuarta. Derechos de las personas usuarias de servicios sociales y beneficiarias de prestaciones a la entrada en vigor de la ley.
- Disposición transitoria quinta. Consejo Vasco de Bienestar Social.
- Disposición transitoria sexta. Vigencia de los convenios de colaboración en vigor.
- Disposición transitoria séptima. Plazo para la adecuación a las previsiones en materia de participación económica de la persona usuaria.
- Disposición adicional primera. Cartera de Prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales.
- Disposición adicional segunda. Plan Estratégico de Servicios Sociales.
- Disposición adicional tercera. Sistema Vasco de Información sobre Servicios Sociales.
- Disposición adicional cuarta. Regulación de los servicios y centros de servicios sociales.
- Disposición adicional quinta. Servicios de carácter experimental.
- Disposición adicional sexta. Dotación mínima de recursos.
- Disposición adicional séptima. Reserva de plazas para las urgencias sociales.
- Disposición adicional octava. Regulación del régimen de concierto.
- Disposición adicional novena. Declaración de interés social.
- Disposición adicional décima. Regulación del Observatorio Vasco de Servicios Sociales.
- Disposición adicional undécima. Actualización del importe de las sanciones.
- Disposición adicional duodécima. Eudel/Asociación de Municipios Vascos.
- Disposición adicional decimotercera. Registro General de Servicios Sociales.
- Disposición adicional decimocuarta.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | el art. 59 y SE AÑADE las disposiciones adicionales 14 y 15, por Ley 7/2012, de 23 de abril |
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 12/2008?
- Ley 12/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 12/2008?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 12/2008?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.