Artículo 21. Definición y características del Catálogo de Prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales.
Artículo 21 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales. · BOE-A-2011-15726
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-12-25.
Texto consolidado
1. El Catálogo de Prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales es el instrumento por el que se identifican las prestaciones económicas y los servicios cuya provisión deberán garantizar las administraciones públicas vascas competentes.
2. Las prestaciones económicas y servicios incluidos en el catálogo definido en el apartado anterior se prestarán a través del Sistema Vasco de Servicios Sociales, en los términos previstos en el artículo 5.