Ley 9/1995, de 28 de marzo, de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo.
BOE-A-1995-18784 · Boletín Oficial del Estado, 1995-08-05 · Comunidad de Madrid
Ley 9/1995 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 9/1995
- Fecha de la disposición
- 1995-03-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 186, 1995-08-05
- Entrada en vigor
- 1995-04-11
- Departamento
- Comunidad de Madrid
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 141
- Identificador BOE
- BOE-A-1995-18784
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la siguiente Ley, que yo, en nombre del Rey, promulgo.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Arts. 1 a 5.
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Competencias urbanísticas.
- Artículo 3. El urbanismo como función pública.
- Artículo 4. Gestión de la actividad urbanística. Intervención de los particulares.
- Artículo 5. Participación ciudadana.
- Artículo 6. Objeto.
- Artículo 7. Comisión de Concertación de la Acción Territorial.
- Artículo 8. Contenido y alcance de la intervención de la Comisión.
- Artículo 9. Composición y funcionamiento de la Comisión de Concertación de la Acción Territorial.
- Artículo 10. Objeto.
- Artículo 11. Consejo de Política Territorial.
- Artículo 12. Organización y funcionamiento del Consejo.
- Artículo 13. Objetivos de la Ordenación del Territorio.
- Artículo 14. Instrumentos o Planes de la Ordenación del Territorio.
- Artículo 15. Objetivos del Plan Regional de Estrategia Territorial.
- Artículo 16. Contenido y formalización documental del Plan Regional de Estrategia Territorial.
- Artículo 17. Efectos del Plan Regional.
- Artículo 18. Elaboración, tramitación y aprobación del Plan Regional de Estrategia Territorial.
- Artículo 18 bis. Definición y funciones de los Planes Territoriales.
- Artículo 18 ter. Contenido y documentación de los Planes Territoriales.
- Artículo 18 quater. Elaboración y competencia.
- Artículo 18 quinquies. Planes Estratégicos Municipales.
- Artículo 19. Definición.
- Artículo 20. Clases.
- Artículo 21. Definición y objeto.
- Artículo 22. Procedimiento para la delimitación de declaración de Zonas de Interés Regional.
- Artículo 23. Gestión de las Zonas de Interés Regional.
- Artículo 24. Administración actuante.
- Artículo 25. Concepto.
- Artículo 26. Asociación de otras Administraciones.
- Artículo 27. Contenido y documentos de las propuestas de delimitación y declaración.
- Artículo 28. Alcance y efectos de la delimitación y declaración.
- Artículo 29. Instrumentos urbanísticos de ordenación y ejecución.
- Artículo 30. Concepto y alcance.
- Artículo 31. Contenido y documentos de las propuestas de delimitación y declaración.
- Artículo 32. Transformación en Zonas de Interés Regional de Actuación Inmediata.
- Artículo 33. Concepto, objeto y requisitos.
- Artículo 34. Función urbanística de ordenación.
- Artículo 35. Elaboración, promoción y ejecución.
- Artículo 36. Determinaciones.
- Artículo 37. Procedimiento de aprobación.
- Artículo 38. Efectos de la aprobación.
- Artículo 39. Subrogación en la posición jurídica de la persona o entidad particular que tenga atribuida la ejecución.
- Artículo 40. Incumplimiento de la ejecución y caducidad. Consecuencias.
- Artículo 41.
- Artículo 42.
- Artículo 43. Régimen aplicable a los Centros Integrados de Desarrollo.
- Artículo 44. Determinaciones.
- Artículo 45. Procedimiento de aprobación de los Centros Integrados de Desarrollo.
- Artículo 46. Efectos de la aprobación.
- Artículo 47. Subrogación en la posición jurídica de la persona o entidad particular que tenga atribuida la ejecución.
- Artículo 48. Ejecución.
- Artículo 49. Modificaciones del Proyecto y aprobación posterior de la ordenación de carácter pormenorizado
- Artículo 50. Incumplimiento de la ejecución. Consecuencias.
- Artículos 51 a 118.
- Artículo 51. Facultades y deberes de los propietarios de suelo no urbanizable sujeto a protección.
- Artículo 52. Alteraciones de la estructura de la propiedad en suelo no urbanizable, mediante actos de parcelación, segregación o división.
- Artículo 53. Calificación urbanística del suelo no urbanizable.
- Artículo 54. Calificación urbanística del suelo no urbanizable sujeto a protección.
- Artículo 55. Cierre de fincas.
- Artículo 56. Concurso previo sobre localización y características para la calificación legitimante de determinados actos de iniciativa particular.
- Artículo 57. Condiciones de realización de los actos de aprovechamiento legitimados por la correspondiente calificación urbanística.
- Artículo 58. Formalización e inscripción de los deberes y las cargas urbanísticos.
- Artículo 59. Invalidez de los actos de calificación y autorización.
- Artículo 60. Equiparación al suelo no urbanizable del suelo urbanizable no programado.
- Artículo 61. Requisitos sustantivos: Superficie mínima de los terrenos.
- Artículo 62. Condiciones particulares de las obras, construcciones e instalaciones previstas en la letra a) del número 1 del artículo 53.
- Artículo 63. Condiciones particulares de las obras, construcciones e instalaciones previstas en la letra b) del número 1 del artículo 53.
- Artículo 64. Requisitos sustantivos: Superficie mínima de los terrenos.
- Artículo 65. Condiciones particulares.
- Artículo 66. Requisitos sustantivos: Superficie mínima de los terrenos.
- Artículo 67. Condiciones particulares.
- Artículo 68. Requisitos sustantivos.
- Artículo 69. Condiciones particulares.
- Artículo 70. Competencias administrativas para la ejecución del planeamiento territorial y urbanístico. Intervención de los propietarios de suelo.
- Artículo 71. Deberes generales de los propietarios de suelo urbano y urbanizable, cuando les corresponda la ejecución del planeamiento urbanístico.
- Artículo 72. Costes de urbanización.
- Artículo 73. Programación y ejecución de actuaciones en suelo urbanizable no programado.
- Artículo 74. Concepto, principios, objeto y límites.
- Artículo 75. Procedimiento para la celebración y el perfeccionamiento de los convenios.
- Artículo 76. Publicidad de los convenios.
- Artículo 77. Naturaleza de los convenios.
- Artículo 78. Concepto, objeto y régimen jurídico de los Consorcios.
- Artículo 79. Sociedades urbanísticas.
- Artículo 80. Sistemas de actuación para la ejecución del plaenamiento y opción entre ellos.
- Artículo 81. Ejecución sistemática o integral por unidades delimitadas al efecto. Delimitación de éstas.
- Artículo 82. Ejecución asistemática en suelo urbano.
- Artículo 83. Formas de gestión del sistema. Elección entre ellas.
- Artículo 84. Gestión por concesión.
- Artículo 85. Ejecución de la urbanización.
- Artículo 86. Procedimiento de liberación.
- Artículo 87. Parcelación y adjudicación de parcelas resultantes.
- Artículo 88. Otras formas de disposición de parcelas resultantes.
- Artículo 89. Definición y supuestos de aplicación.
- Artículo 90. Efectos de la determinación del sistema.
- Artículo 91. Proyecto de reparcelación: Contenido adicional.
- Artículo 92. Entidad urbanística colaboradora: Comisión Gestora.
- Artículo 93. Ocupación de terrenos.
- Artículo 94. Ejecución de las obras de urbanización.
- Artículo 95. Liquidación de la actuación.
- Artículo 96. Facultades de la Administración actuante.
- Artículo 97. Concepto.
- Artículo 98. Gestión.
- Artículo 99. Supuestos expropiatorios.
- Artículo 100. Procedimiento de urgencia en la ocupación: Requisitos.
- Artículo 101. Avenencia: Bonificaciones.
- Artículo 102. Jurado Territorial de Expropiación Forzosa. Carácter, función y composición.
- Artículo 103. Motivación y notificación de los acuerdos del Jurado.
- Artículo 104. Bienes sujetos a los derechos de tanteo y retracto. Administraciones titulares de éstos.
- Artículo 105. Registro administrativo de bienes sujetos a los derechos de tanteo y retracto; relación con las funciones públicas notarial y registral hipotecaria y mercantil.
- Artículo 106. Notificación al Registro administrativo de bienes sujetos a los derechos de tanteo y retracto de los propósitos de transmisión.
- Artículo 107. Caducidad de los efectos del ejercicio de los derechos de tanteo y retracto: Resolución de la transmisión por incumplimiento.
- Artículo 108. Tanteo y retracto ejercidos sobre transmisión consistente en permuta.
- Artículo 109. Destino de los bienes adquiridos.
- Artículo 110. Prescripciones vinculantes para el planeamiento municipal.
- Artículo 111. Relaciones de equivalencia en términos de aprovechamiento urbanístico.
- Artículo 112. Tipos, finalidades y formas de gestión de los patrimonios públicos de suelo.
- Artículo 113. Naturaleza y constitución del patrimonio regional de suelo.
- Artículo 114. Funcionamiento del patrimonio regional de suelo.
Normas que la modifican o afectan (16)
Normas a las que afecta (8)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 9/1995?
- Ley 9/1995 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 9/1995?
- El BOE registra 16 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 9/1995?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.