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Ley Vigente

Artículo 31. Contenido y documentos de las propuestas de delimitación y declaración.

Artículo 31 de la Ley 9/1995, de 28 de marzo, de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo. · BOE-A-1995-18784

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-05-01.

Texto consolidado

1. Las propuestas de delimitación y declaración de las Zonas a que se refiere esta Sección contendrán las determinaciones y se formalizarán en los documentos previstos en los apartados a), b), c), y d) del artículo 27 de esta Ley.

2. Las transmisiones onerosas de los terrenos y edificaciones incluidos en el ámbito de las Zonas reguladas en esta Sección quedarán sujetas al derecho de tanteo y, en su caso, al de retracto en favor de la Comunidad de Madrid, durante el plazo de ocho años a partir de la aprobación definitiva de la delimitación y declaración correspondientes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-05-01.

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