Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Racionalización del Sector Público.
BOE-A-2011-8629 · Boletín Oficial del Estado, 2011-05-18 · Comunidad de Madrid
Ley 9/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 9/2010
- Fecha de la disposición
- 2010-12-23
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 118, 2011-05-18
- Entrada en vigor
- 2011-01-01
- Departamento
- Comunidad de Madrid
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 50
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-8629
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la siguiente Ley, que yo, en nombre del Rey, promulgo.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Modificación parcial del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado.
- Artículo 2. Modificación parcial del texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 3. Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 4. Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 5. Reafianzamiento de riesgos de sociedades de garantía recíproca.
- Artículo 6. Creación de un Registro de Órganos de Representación del Personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 7. Modificación parcial de la Ley 7/2007, de 21 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
- Artículo 8. Modificación parcial de la Ley 13/2002, de 20 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
- Artículo 9. Modificación parcial del Texto Refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 10. Modificación parcial de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
- Artículo 11. Modificación parcial de la Ley 5/2009, de 20 de octubre, de Ordenación del Transporte y la Movilidad por Carretera.
- Artículo 12. Modificación parcial de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 13. Modificación parcial de la Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 14. Modificación parcial de la Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos.
- Artículo 15. Modificación parcial de la Ley 3/2007, de 26 de julio, de Medidas Urgentes de Modernización del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 16. Derechos sindicales.
- Artículo 17. Empleo temporal.
- Artículo 18. Extinción del Instituto Madrileño de Desarrollo.
- Artículo 19. Extinción del Consejo de la Mujer.
- Artículo 20. Extinción del Consejo de la Juventud.
- Artículo 21. Extinción del Instituto de Nutrición y Trastornos Alimentarios de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 22. Extinción del Patronato Madrileño de Áreas de Montaña.
- Artículo 23. Extinción del Instituto Madrileño de Administración Pública.
- Artículo 24. Extinción de la Agencia Financiera de Madrid.
- Artículo 25. Supresión de órganos colegiados.
- Artículo 26. Defensor del Paciente.
- Artículo 27. Instituto Regional de las Cualificaciones.
- Artículo 28. Modificación de la Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 29. Modificación de la Ley 12/1999, de 29 de abril, de Creación del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid.
- Disposición adicional primera. Moratoria en el pago de tasas autonómicas.
- Disposición adicional segunda. Reordenación de las empresas públicas con forma de sociedad mercantil
- Disposición adicional tercera. Enajenación de la participación en sociedades mercantiles.
- Disposición adicional cuarta. Enajenación de participaciones en Capital Riesgo.
- Disposición adicional quinta. Fundación Madrid por la Excelencia.
- Disposición adicional sexta. Consorcios.
- Disposición adicional séptima. Rendición de cuentas de los sujetos extinguidos.
- Disposición adicional octava. Referencias a la extinta Comisión Interdepartamental de Ciencia y Tecnología.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio hasta la constitución del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio del procedimiento sancionador en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas.
- Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio en materia de suelo.
- Disposición transitoria cuarta. Régimen de control de los expedientes de gasto de personal.
- Disposición transitoria quinta. Pago de retribuciones.
- Disposición transitoria sexta. Régimen de extinciones y adscripción de personal.
- Disposición transitoria séptima. Mantenimiento de la condición demanial de los suelos de redes supramunicipales cedidos.
- Disposición transitoria octava. Cesión de suelos para redes públicas supramunicipales.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Desarrollo normativo.
- Disposición final segunda. Modificaciones presupuestarias.
- Disposición final tercera. Premios del bingo.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (6)
Normas a las que afecta (40)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 9/2010?
- Ley 9/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 9/2010?
- El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 9/2010?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.