Disposición transitoria séptima. Mantenimiento de la condición demanial de los suelos de redes supramunicipales cedidos.
Disposición transitoria séptima de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Racionalización del Sector Público. · BOE-A-2011-8629
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-01.
Texto consolidado
Mantendrán la calificación demanial aquellos suelos de redes supramunicipales respecto de los que, a la fecha de entrada en vigor de esta Ley, su uso privativo hubiera sido cedido mediante concesión u otro título habilitante o se encontrara en tramitación el procedimiento para cederlo, hasta que dicho título se extinga.
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