Artículo 44. Determinaciones.
Artículo 44 de la Ley 9/1995, de 28 de marzo, de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo. · BOE-A-1995-18784
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-01-01.
Texto consolidado
Los Proyectos de Alcance Regional consistentes en un Centro Integrado de Desarrollo contendrán las determinaciones y documentos previstos en el artículo 36 y además, se deberá aportar una memoria justificativa de las previsiones de creación de empleo, la inversión que comportan o el incremento de riqueza para la región que supongan.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 8/2012, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas..