Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
BOE-A-1996-29117 · Boletín Oficial del Estado, 1996-12-31 · Jefatura del Estado
Ley 13/1996 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Resumen
La Ley 13/1996, de 30 de diciembre, regula un conjunto de medidas fiscales, administrativas y del orden social en España, con efectos a partir del 1 de enero de 1997. Esta norma se aplica a ciudadanos, empresas y administraciones públicas, y busca mejorar la política económica del Gobierno, alineándose con las directrices de la Unión Europea.
Entre sus puntos clave, la ley introduce modificaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, como la consideración de retribuciones en especie y la unidad familiar, así como cambios en el Impuesto sobre Sociedades que fomentan la investigación y el desarrollo, y la contratación de trabajadores minusválidos. También se establece un nuevo Impuesto sobre Primas de Seguros y se introducen tasas por servicios administrativos, buscando una mayor correspondencia entre el coste de los servicios y su pago por los beneficiarios. En el ámbito de la protección social, se mejora la cobertura a víctimas del terrorismo y se establecen medidas para la gestión de la Seguridad Social, sin que esto suponga una merma en los niveles de cobertura.
Este resumen se basa en una parte representativa de la norma.
Datos clave
- Rango
- Ley 13/1996
- Fecha de la disposición
- 1996-12-30
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 315, 1996-12-31
- Entrada en vigor
- 1997-01-01
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 225
- Identificador BOE
- BOE-A-1996-29117
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren,
Índice del articulado
- Artículo 1. Retribuciones en especie.
- Artículo 2. Rendimientos sujetos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Artículo 3. Unidad familiar.
- Artículo 4. Reducción del rendimiento neto en estimación objetiva por signos, índices o módulos.
- Artículo 5. Retenciones a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades.
- Artículo 6. Sanción por falta de nombramiento de representante de los no residentes.
- Artículo 7. Modificación del artículo 4, apartado octavo, de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio.
- Artículo 8. Modificación de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto de Sociedades.
- Artículo 9.
- Sección 5ª. Impuesto sobre el Valor Añadido
- Artículo 10. Modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- Artículo 11. Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.
- Artículo 12. Impuesto sobre las Primas de Seguros.
- Artículo 13. Modificación de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
- Artículo 14. Rentas exentas
- Artículo 15.
- Artículo 16. Modificación de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades.
- Artículo 17. Modificación de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades.
- Artículo 18. Actividades de exportación.
- Artículo 19. Tipo de gravamen para las entidades de reducida dimensión.
- Artículo 20. Uniones temporales de empresas
- Artículo 21. Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Modificación de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.
- Artículo 22. Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
- Artículo 23. Tasas exigibles por los servicios y actividades realizadas por la Dirección General de la Guardia Civil.
- Artículo 24. Tasas por expedición de guías de circulación para máquinas recreativas y de azar de los tipos «A», «B», y «C» en todo el territorio nacional.
- Artículo 25. Tasas de solicitud de las distintas modalidades de propiedad industrial.
- Artículo 26. Tasas por expedición de permisos de trabajo a ciudadanos extranjeros.
- Artículo 27. Tasas que gravan la prestación de servicios y la realización de actuaciones por la Administración en materia de ordenación de los transportes terrestres por carretera.
- Artículo 28. Tasas por controles de sanidad exterior realizados a carnes y productos de origen animal de países no comunitarios.
- Artículo 29. Tasa por vacunación de viajeros internacionales.
- Artículo 30. Actualización de las tasas por análisis físico-químicos y biológicos de los Laboratorios Agroalimentarios. Servicios incluidos en la tasa 21.09.
- Artículo 31. Actualización de los tipos de las tasas de semillas y plantas de vivero.
- Artículo 32. Modificación de determinados preceptos de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones.
- Artículo 33. Tasas por Inscripción y de Acreditación Catastral.
- Artículo 34. Tasas exigibles por los servicios y actividades realizadas en materia de medicamentos.
- Artículo 35. Tasas por inscripción y publicidad de asociaciones.
- Artículo 36. Tasas por prestación de servicios meteorológicos.
- Artículo 37. Tasa por expedición de certificaciones del Registro General de Actos de Última Voluntad.
- Artículo 38. Tasa por examen de películas cinematográficas y otras obras audiovisuales, para su calificación por grupos de edad.
- Artículo 39. Modificación de la tasa anual de permanencia en los Registros de Buques y Empresas Navieras.
- Artículo 40. Modificación de tasas consulares.
- Artículo 41. Tasa por expedición del Diploma de Mediador de Seguros Titulado.
- Artículo 42. Tasa de Seguridad Aeroportuaria.
- Artículo 43. Derechos de examen.
- Artículo 44. Tasa por Prestación de Servicios y Actividades en materia de Seguridad Privada.
- Artículo 45. Boletín Oficial del Estado.
- Artículo 46. Boletín Oficial del Registro Mercantil.
- Artículo 47. Modificación de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria.
- Artículo 48. Modificación de la Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, de Represión del Contrabando.
- Artículo 49. Modificación de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.
- Artículo 50. Constancia documental de la referencia catastral.
- Artículo 51. Documentos notariales.
- Artículo 52. Procedimientos administrativos.
- Artículo 53. Constancia registral de la referencia catastral.
- Artículo 54. Efectos.
- Artículo 55. Comunicaciones.
- Artículo 56. Interesados.
- Artículo 57. Aplicación a las Comunidades Autónomas.
- Artículo 58. Declaraciones, declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Artículo 59. Prestación patrimonial a percibir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria por la venta de impresos, programas y aplicaciones informáticas.
- Artículo 60. Incentivos a la inversión.
- Artículo 61. Zona Especial Canaria.
- Artículo 62. Modificación de los artículos 75 y 76 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de Modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
- Artículo 63. Modificación del apartado 1 del artículo 76 de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de Modificación de los Aspectos Fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias.
- Artículo 64. Anexo II de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de Modificación de los Aspectos Fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias.
- Artículo 65. Anexo IV de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de Modificación de los Aspectos Fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias.
- Artículo 66. Reducción de la Tarifa Especial del Arbitrio Insular a la Entrada de Mercancías.
- Artículo 67. Modificación de los tipos de gravamen del Arbitrio sobre la Producción e Importación en las Islas Canarias.
- Artículo 68. Impuesto sobre la producción, los servicios y la importación en las Ciudades de Ceuta y Melilla.
- Artículo 69. Instituto Social de la Marina.
- Artículo 70. Modificación del artículo 92 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, sobre amort…
- Artículo 71. Comprobación administrativa de las auditorías presentadas al INEM por las agencias de colocación sin ánimo de lucro.
- Artículo 72. Conciertos.
- Artículo 73. Control financiero en hospitales y demás centros sanitarios.
- Artículo 74. Control interno y régimen de contabilidad de las entidades que integran la Seguridad Social.
- Artículo 75. Imputación presupuestaria de las deducciones en la facturación de las recetas correspondientes a la prestación farmacéutica.
- Artículo 76. Deducción de deudas del sector público con la Seguridad Social.
- Artículo 77. Adquisición y pérdida de beneficios en la cotización a la Seguridad Social.
- Artículo 78. Colaboración en materia de incapacidad temporal.
- Artículo 79. Competencia jurisdiccional.
- Artículo 80. Régimen de Seguridad Social de los asegurados que prestan servicio en la Administración de la Unión Europea.
- Artículo 81. Gestión de las prestaciones económicas por maternidad.
- Artículo 82. Modificación del artículo 109 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, de 20 de junio de 1994.
- Artículo 83. Imputación de los recargos en las deudas de la Seguridad Social
- Artículo 84. Baja en las prestaciones por desempleo.
- Artículo 85. Obligaciones de los trabajadores cuyo incumplimiento origina infracciones.
- Artículo 86. Sanciones por conductas de trabajadores inscritos en agencias de colocación o incluidos en acciones de las entidades asociadas a los Servicios Integrados de Empleo.
- Artículo 87. Beneficiarios del subsidio por desempleo.
- Artículo 88. Extinción del derecho al subsidio por desempleo.
- Artículo 89. Equiparación de la suspensión del contrato de trabajo por maternidad en los casos de adopción, a los de filiación biológica.
- Artículo 90. Invalidez en su modalidad no contributiva.
- Artículo 91. Asistencia a extranjeros.
- Artículo 92. Asistencia al gran inválido.
- Artículo 93. Daños resarcibles.
- Artículo 94. Prestaciones.
- Artículo 95. Subvenciones.
- Artículo 96. Competencias para el reconocimiento de los resarcimientos.
- Artículo 97. Concepto de pensiones públicas.
- Artículo 98.
- Artículo 99.
- Artículo 100.
- Artículo 101.
- Artículo 102. Modificación del régimen de retribuciones de los funcionarios del Estado en cuanto a pagas extraordinarias.
- Artículo 103. Modificación del régimen de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios públicos.
- Artículo 104. Excedencia voluntaria.
- Artículo 105. Pérdida de la condición de funcionario.
- Artículo 106. Utilización de vivienda.
- Artículo 107. Prolongación de la permanencia en el servicio activo de los funcionarios públicos.
- Artículo 108. Personal militar. Excedencia voluntaria para el cuidado de hijos.
- Artículo 109. Niveles de titulación y formación para el ingreso en las Fuerzas Armadas.
- Artículo 110. Competencias en relación con los cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas.
- Artículo 111. Personal militar. Retiro. Consecuencias de la insuficiencia de condiciones psicofísicas.
- Artículo 112. Modificación del régimen retributivo de los funcionarios de la Administración de Justicia.
- Artículo 113. Modificación del artículo 25 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.
- Artículo 114. Reingreso provisional.
- Artículo 115. Provisión de puestos directivos de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social gestionadas por el INSALUD.
- Artículo 116. Situación administrativa del personal que pasa a prestar servicios en centros, servicios o establecimientos con personalidad jurídica propia.
- Artículo 117. Valor hora aplicable al personal estatutario de la Seguridad Social.
- Artículo 118. Adecuación de las retribuciones del personal de cupo y zona.
- Artículo 119. Especialidad de Auditoría y Contabilidad.
Normas que la modifican o afectan (67)
Normas a las que afecta (74)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 13/1996?
- Ley 13/1996 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 13/1996?
- El BOE registra 67 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 13/1996?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.