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Decreto 3059/1966, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de Tasas Fiscales.

BOE-A-1966-20178 · Boletín Oficial del Estado, 1966-12-19 · Ministerio de Hacienda

Decreto 3059/1966 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.

Resumen

Esta norma regula el texto refundido de las Tasas Fiscales en España, consolidando y sistematizando las disposiciones legales sobre estos tributos. Se aplica a todas las personas físicas y jurídicas que realicen actividades sujetas a tasas fiscales desde su entrada en vigor el 1 de diciembre de 1966.

Entre los puntos clave, establece que las tasas fiscales son tributos que se exigen por la utilización del dominio público o la prestación de servicios públicos, y su recaudación se destina al Tesoro del Estado. Los sujetos pasivos son quienes solicitan estos servicios o actividades, y tienen la obligación de pagar las tasas correspondientes antes de acceder a los mismos. Además, se contempla la posibilidad de devolución de las tasas si el servicio no se presta o la actividad no se lleva a cabo por causas ajenas al contribuyente. La gestión de estas tasas corresponde a los organismos administrativos, y se prevén sanciones para aquellos funcionarios que exijan tasas indebidamente. Esta norma ha sido derogada por disposiciones posteriores, por lo que su contenido ya no está en vigor.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Decreto 3059/1966
Fecha de la disposición
1966-12-01
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 302, 1966-12-19
Entrada en vigor
1967-01-08
Departamento
Ministerio de Hacienda
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-16
Artículos
50
Identificador BOE
BOE-A-1966-20178
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

El artículo doscientos cuarenta y uno de la Ley cuarenta y uno/mil novecientos sesenta y cuatro, de once de junio, de Reforma del Sistema Tributario, en su apartado uno esta­blece que el Gobierno, previo dictamen del Consejo de Estado, aprobará por Decreto el texto refundido de los distintos tributos regulados en dicha Ley.

En análogo sentido se pronuncia la disposición transitoria primera de la Ley doscientos treinta/mil novecientos sesenta y tres, de veintiocho de diciembre, denominada Ley General Tributaria. Ordena literalmente esta disposición que «dicha refundición acomodará las normas legales tributarias a los principios, conceptos y sistemática que se contienen en la Ley General Tributaria y procurará regularizar, aclarar y armonizar las Leyes tributarias vigentes, que quedarán derogadas al entrar en vigor los textos refundidos».

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (16)

RelaciónNorma
Se declara en el recurso 1871/2003, la desestimación en relación con el art. 12.1, por Sentencia 172/2012, de 4 de octubre
Se dicta en relación determinadas TASAS FISCALES: Real Decreto 2948/1976, de 26 de noviembre
Corrección de errores en BOE núm. 23 de 27 de enero de 1967
Se actualiza , sobre conversión a euros de las cuantías indicadas: Resolución 2/2001, de 22 de octubre
Se suprime Ley 33/1987, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1988.
Se añade Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.
Se modifica Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social.
Se modifica Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Se modifica Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Se modifica Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Se modifica Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejer…
Se modifica Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego.
Se deroga Ley 17/1975, de 2 de mayo, sobre creación del Organismo autónomo «Registro de la Propiedad Industrial».
Se deroga capítulo 2 del TÍTULO II de las TASAS FISCALES, por Ley 5/1983, de 29 de junio
Se deroga Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Se deroga Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Caráct…

Normas a las que afecta (11)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Decreto 3059/1966?
Decreto 3059/1966 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
¿Qué normas modifican o afectan a Decreto 3059/1966?
El BOE registra 16 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Decreto 3059/1966?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.