Artículo 54. Efectos.
Artículo 54 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. · BOE-A-1996-29117
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-03-09.
Texto consolidado
(Derogado)
Se convierte a euros la cuantía contemplada en el párrafo primero por el anexo I de la Resolución de 20 de noviembre de 2001. Ref. BOE-A-2001-22447
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario..