Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
BOE-A-2006-20764 · Boletín Oficial del Estado, 2006-11-29 · Jefatura del Estado
Ley 35/2006 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-29.
Datos clave
- Rango
- Ley 35/2006
- Fecha de la disposición
- 2006-11-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 285, 2006-11-29
- Entrada en vigor
- 2007-01-01
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-04-29
- Artículos
- 222
- Identificador BOE
- BOE-A-2006-20764
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Naturaleza del Impuesto.
- Artículo 2. Objeto del Impuesto.
- Artículo 3. Configuración como Impuesto cedido parcialmente a las Comunidades Autónomas.
- Artículo 4. Ámbito de aplicación.
- Artículo 5. Tratados y Convenios.
- Artículo 6. Hecho imponible.
- Artículo 7. Rentas exentas.
- Artículo 8. Contribuyentes.
- Artículo 9. Contribuyentes que tienen su residencia habitual en territorio español.
- Artículo 10. Contribuyentes que tienen su residencia habitual en territorio extranjero.
- Artículo 11. Individualización de rentas.
- Artículo 12. Regla general.
- Artículo 13. Período impositivo inferior al año natural.
- Artículo 14. Imputación temporal.
- Artículo 15. Determinación de la base imponible y liquidable.
- Artículo 16. Métodos de determinación de la base imponible.
- Artículo 17. Rendimientos íntegros del trabajo.
- Artículo 18. Porcentajes de reducción aplicables a determinados rendimientos del trabajo.
- Artículo 19. Rendimiento neto del trabajo.
- Artículo 20. Reducción por obtención de rendimientos del trabajo.
- Artículo 21. Definición de rendimientos del capital.
- Artículo 22. Rendimientos íntegros del capital inmobiliario.
- Artículo 23. Gastos deducibles y reducciones.
- Artículo 24. Rendimiento en caso de parentesco.
- Artículo 25. Rendimientos íntegros del capital mobiliario.
- Artículo 26. Gastos deducibles y reducciones.
- Artículo 27. Rendimientos íntegros de actividades económicas.
- Artículo 28. Reglas generales de cálculo del rendimiento neto.
- Artículo 29. Elementos patrimoniales afectos.
- Artículo 30. Normas para la determinación del rendimiento neto en estimación directa.
- Artículo 31. Normas para la determinación del rendimiento neto en estimación objetiva.
- Artículo 32. Reducciones.
- Artículo 33. Concepto.
- Artículo 34. Importe de las ganancias o pérdidas patrimoniales. Norma general.
- Artículo 35. Transmisiones a título oneroso.
- Artículo 36. Transmisiones a título lucrativo.
- Artículo 37. Normas específicas de valoración.
- Artículo 38. Ganancias excluidas de gravamen en supuestos de reinversión.
- Artículo 39. Ganancias patrimoniales no justificadas.
- Artículo 40. Estimación de rentas.
- Artículo 41. Operaciones vinculadas.
- Artículo 42. Rentas en especie.
- Artículo 43. Valoración de las rentas en especie.
- Artículo 44. Clases de renta.
- Artículo 45. Renta general.
- Artículo 46. Renta del ahorro.
- Artículo 47. Integración y compensación de rentas.
- Artículo 48. Integración y compensación de rentas en la base imponible general.
- Artículo 49. Integración y compensación de rentas en la base imponible del ahorro.
- Artículo 50. Base liquidable general y del ahorro.
- Artículo 51. Reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social.
- Artículo 52. Límite de reducción.
- Artículo 53. Reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social constituidos a favor de personas con discapacidad.
- Artículo 54. Reducciones por aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.
- Artículo 55. Reducciones por pensiones compensatorias.
- Artículo 56. Mínimo personal y familiar.
- Artículo 57. Mínimo del contribuyente.
- Artículo 58. Mínimo por descendientes.
- Artículo 59. Mínimo por ascendientes.
- Artículo 60. Mínimo por discapacidad.
- Artículo 61. Normas comunes para la aplicación del mínimo del contribuyente y por descendientes, ascendientes y discapacidad.
- Artículo 61 bis. Reducción por cuotas y aportaciones a partidos políticos.
- Artículo 62. Cuota íntegra estatal.
- Artículo 63. Escala general del Impuesto.
- Artículo 64. Especialidades aplicables en los supuestos de anualidades por alimentos a favor de los hijos.
- Artículo 65. Escala aplicable a los residentes en el extranjero.
- Artículo 66. Tipos de gravamen del ahorro.
- Artículo 67. Cuota líquida estatal.
- Artículo 68. Deducciones.
- Artículo 69. Límites de determinadas deducciones.
- Artículo 70. Comprobación de la situación patrimonial.
- Artículo 71. Normas comunes aplicables para la determinación del gravamen autonómico.
- Artículo 72. Residencia habitual en el territorio de una Comunidad Autónoma.
- Artículo 73. Cuota íntegra autonómica.
- Artículo 74. Escala autonómica del Impuesto.
- Artículo 75. Especialidades aplicables en los supuestos de anualidades por alimentos a favor de los hijos.
- Artículo 76. Tipo de gravamen del ahorro.
- Artículo 77. Cuota líquida autonómica.
- Artículo 78. Tramo autonómico de la deducción por inversión en vivienda habitual.
- Artículo 79. Cuota diferencial.
- Artículo 80. Deducción por doble imposición internacional.
- Artículo 80 bis. Deducción por obtención de rendimientos del trabajo o de actividades económicas.
- Artículo 81. Deducción por maternidad.
- Artículo 81 bis. Deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo.
- Artículo 82. Tributación conjunta.
- Artículo 83. Opción por la tributación conjunta.
- Artículo 84. Normas aplicables en la tributación conjunta.
- Artículo 85. Imputación de rentas inmobiliarias.
- Artículo 86. Régimen de atribución de rentas.
- Artículo 87. Entidades en régimen de atribución de rentas.
- Artículo 88. Calificación de la renta atribuida.
- Artículo 89. Cálculo de la renta atribuible y pagos a cuenta.
- Artículo 90. Obligaciones de información de las entidades en régimen de atribución de rentas.
- Artículo 91. Imputación de rentas en el régimen de transparencia fiscal internacional.
- Artículo 92. Imputación de rentas por la cesión de derechos de imagen.
- Artículo 93. Régimen fiscal especial aplicable a los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español.
- Artículo 94. Tributación de los socios o partícipes de las instituciones de inversión colectiva.
- Artículo 95. Tributación de los socios o partícipes de las instituciones de inversión colectiva constituidas en países o territorios considerados como paraísos fiscales.
- Artículo 95 bis. Ganancias patrimoniales por cambio de residencia.
- Artículo 96. Obligación de declarar.
- Artículo 97. Autoliquidación.
- Artículo 98. Borrador de declaración.
- Artículo 99. Obligación de practicar pagos a cuenta.
- Artículo 100. Normas sobre pagos a cuenta, transmisión y obligaciones formales relativas a activos financieros y otros valores mobiliarios.
- Artículo 101. Importe de los pagos a cuenta.
- Artículo 102. Liquidación provisional.
- Artículo 103. Devolución derivada de la normativa del tributo.
- Artículo 104. Obligaciones formales de los contribuyentes.
- Artículo 105. Obligaciones formales del retenedor, del obligado a practicar ingresos a cuenta y otras obligaciones formales.
- Artículo 106. Responsabilidad patrimonial del contribuyente.
- Artículo 107. Infracciones y sanciones.
- Artículo 108. Orden jurisdiccional.
- Disposición adicional primera. Derecho de rescate en los contratos de seguro colectivo que instrumentan los compromisos por pensiones asumidos por las empresas, en los términos …
- Disposición adicional segunda. Retribuciones en especie.
- Disposición adicional tercera. Planes individuales de ahorro sistemático.
- Disposición adicional cuarta. Rentas forestales.
- Disposición adicional quinta. Subvenciones de la política agraria comunitaria y ayudas públicas.
- Disposición adicional sexta. Beneficios fiscales especiales aplicables en actividades agrarias.
- Disposición adicional séptima. Tributación de determinadas rentas obtenidas por contribuyentes que desarrollen la actividad de transporte por autotaxi.
- Disposición adicional octava. Transmisiones de valores o participaciones no admitidas a negociación con posterioridad a una reducción de capital.
Normas que la modifican o afectan (106)
Normas a las que afecta (24)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 35/2006?
- Ley 35/2006 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-29.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 35/2006?
- El BOE registra 106 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 35/2006?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.