Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
BOE-A-1994-15794 · Boletín Oficial del Estado, 1994-07-07 · Jefatura del Estado
Ley 19/1994 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-12.
Datos clave
- Rango
- Ley 19/1994
- Fecha de la disposición
- 1994-07-06
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 161, 1994-07-07
- Entrada en vigor
- 1994-07-08
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-02-12
- Artículos
- 119
- Identificador BOE
- BOE-A-1994-15794
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Finalidad de la Ley.
- Artículo 2. Principio de libertad comercial.
- Artículo 3. Principios en materia de financiación.
- Artículo 3 bis. Principios derivados de la consideración de Canarias como región ultraperiférica.
- Artículo 3 ter. Principios derivados de la cohesión social y territorial.
- Artículo 4. Principios de continuidad territorial y libertad de transporte.
- Artículo 5. Liberalización de servicios.
- Artículo 6. Tráficos regulares de personas.
- Artículo 7. Transporte marítimo y aéreo de mercancías.
- Artículo 8. Transporte público terrestre.
- Artículo 9. Derecho de acceso a las tecnologías de la información y la comunicación.
- Artículo 10. Telecomunicaciones: precios.
- Artículo 11. Precio de la energía.
- Artículo 12. Desarrollo energético medio-ambiental.
- Artículo 13. Plan de ahorro energético.
- Artículo 13 bis. Autoconsumo energético.
- Artículo 14. Gestión, valorización, reciclaje y descontaminación de los residuos en Canarias.
- Artículo 14 bis. Precio del agua.
- Artículo 15. Convenios.
- Artículo 16. Principio general.
- Artículo 17. Inspección del comercio exterior.
- Artículo 18. Promoción comercial.
- Artículo 19. Promoción turística.
- Artículo 20. Incentivos económicos regionales.
- Artículo 21. Creación de empleo.
- Artículo 21 bis. Fomento de la integración social.
- Artículo 22. Incentivos a la inversión.
- Artículo 22 bis. Universidades.
- Artículo 23. Formación profesional.
- Artículo 24. Medidas en favor del sector primario.
- Artículo 24 bis. Fomento del empleo.
- Artículo 25. Incentivos a la inversión.
- Artículo 25 bis. Fomento de la cultura.
- Artículo 26. Régimen especial de las empresas productoras de bienes corporales.
- Artículo 27. Reserva para inversiones en Canarias.
- Artículo 27 bis. Deducción por inversiones en territorios de África Occidental y por gastos de propaganda y publicidad.
- Artículo 28. Creación de la Zona Especial Canaria.
- Artículo 29. Vigencia de la Zona Especial Canaria.
- Artículo 30. Ámbito geográfico de aplicación.
- Artículo 31. Ámbito subjetivo de aplicación de la Zona Especial Canaria.
- Artículo 32. Naturaleza.
- Artículo 33. Régimen jurídico.
- Artículo 34. Órganos rectores.
- Artículo 35. Comisión Técnica.
- Artículo 36. Comisión Consultiva del Consorcio de la Zona Especial Canaria.
- Artículo 37. Funciones.
- Artículo 38. Competencias del Consejo Rector.
- Artículo 39. Patrimonio y recursos económicos.
- Artículo 40. El Registro Oficial de Entidades de la Zona Especial Canaria.
- Artículo 41. Procedimiento de inscripción de las entidades de la Zona Especial Canaria.
- Artículo 42. Impuesto sobre Sociedades. Régimen especial. Acumulabilidad.
- Artículo 43. Impuesto sobre Sociedades. Tipo de gravamen especial.
- Artículo 44. Impuesto sobre Sociedades. Determinación de la parte de base imponible correspondiente a operaciones realizadas efectiva y materialmente en el ámbito geográfico de …
- Artículo 45. Exenciones en la Zona Especial Canaria.
- Artículo 46. Exenciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
- Artículo 47. Exenciones en el Impuesto General Indirecto Canario.
- Artículo 48. Tributos locales. Conciertos fiscales.
- Artículo 49. Tributos locales. Ordenanzas fiscales.
- Artículo 50. Tasas aplicables a las entidades de la Zona Especial Canaria.
- Artículo 51. Precios públicos aplicables a las entidades de la Zona Especial Canaria.
- Artículo 52. Pérdida de beneficios fiscales.
- Artículo 53. Constitución y requisitos.
- Artículos 53 a 62
- Artículo 54. Medidas de intervención y sustitución.
- Artículo 55. Entidades de Seguros.
- Artículo 56. Bolsa de Valores. Creación.
- Artículo 57. Sociedad Rectora.
- Artículo 58. Admisión de valores.
- Artículo 59. Sociedades y agencias de valores.
- Artículo 60. Autorización e inscripción de las sociedades y agencias de valores.
- Artículo 61. Emisión de valores.
- Artículo 62. Mercados secundarios oficiales.
- Artículo 63. Entidades de la Zona Especial Canaria que se dediquen a la producción, manipulación, trasformación o comercialización de mercancías en el ámbito de las Zonas Franca…
- Artículo 64. Régimen jurídico aplicable.
- Artículo 65. Responsabilidades.
- Artículo 66. Tipificación de las infracciones.
- Artículo 67. Sanciones.
- Artículo 68. Prescripción de las infracciones.
- Artículo 69. Prescripción de las sanciones.
- Artículo 70. Procedimiento sancionador.
- Artículo 71. Infracciones y sanciones tributarias.
- Artículo 72. Régimen jurídico aplicable a las Zonas Francas canarias.
- Artículo 73. Inscripción de buques.
- Artículo 73 bis. Requisitos y límites.
- Artículo 74. Exención del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
- Artículo 75. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
- Artículo 76. Impuesto sobre Sociedades.
- Artículo 77. Aplicación del régimen fiscal de las entidades ZEC.
- Artículo 77 bis. Impuestos especiales.
- Artículo 78. Bonificación en las cotizaciones a la Seguridad Social.
- Artículo 79. Modificación de los porcentajes de bonificación.
- Disposición adicional primera. Modificación del régimen de los bienes y servicios.
- Disposición adicional segunda. No compensación de beneficios fiscales.
- Disposición adicional tercera. Régimen especial de las Comunidades de Aguas y Heredamientos de Canarias.
- Disposición adicional cuarta. Deducción por inversiones en Canarias.
- Disposición adicional quinta. Bonificación en el Impuesto sobre Sociedades.
- Disposición adicional sexta. Régimen fiscal de las compensaciones de precios.
- Disposición adicional séptima. Régimen especial del recurso cameral permanente.
- Disposición adicional octava. Régimen supletorio.
- Disposición adicional novena. Fomento de las tecnologías agrarias.
- Disposición adicional décima. Canarias, como región ultraperiférica de la Unión Europea.
- Disposición adicional undécima. Inaplicación de los beneficios fiscales contenidos en los artículos 25, 26 y 27 a determinados sectores industriales.
- Disposición adicional duodécima. Incompatibilidad entre ayudas de Estado.
- Disposición adicional decimotercera. Deducción por actividades de innovación tecnológica que se realicen en Canarias.
- Disposición adicional decimocuarta. Límites de las deducciones por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y…
- Disposición adicional decimocuarta bis. Impuesto sobre Sociedades. Aplicación del régimen de consolidación fiscal a entidades con sucursales en la Zona Especial Canaria.
- Disposición adicional decimoquinta. Inversiones en elementos patrimoniales afectos a la actividad de arrendamiento de vivienda.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio del Consejo Rector de la Zona Especial Canaria.
- Disposición transitoria segunda. Medidas en favor de sectores desfavorecidos.
- Disposición transitoria tercera. Plan especial de infraestructuras turísticas.
- Disposición transitoria cuarta. Régimen de deducción por inversiones en Canarias.
- Disposición transitoria quinta. Servicios de telecomunicación.
- Disposición transitoria sexta. Fomento del empleo.
- Disposición transitoria séptima.
- Disposición transitoria octava. Ampliación de plazos vinculados a la Reserva para Inversiones en Canarias.
- Disposición transitoria novena. Régimen transitorio de la tasa de la Zona Especial Canaria para los años 2022 y 2023.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final única.
- INFORMACION RELACIONADA
Normas que la modifican o afectan (49)
Normas a las que afecta (23)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 19/1994?
- Ley 19/1994 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-12.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 19/1994?
- El BOE registra 49 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 19/1994?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.