Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
BOE-A-1988-18764 · Boletín Oficial del Estado, 1988-07-29 · Jefatura del Estado
Ley 24/1988 está derogada desde el 2015-11-13: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Ley 24/1988
- Fecha de la disposición
- 1988-07-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 181, 1988-07-29
- Entrada en vigor
- 1989-01-29
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2015-11-13
- Consolidado actualizado
- 2026-02-24
- Artículos
- 259
- Identificador BOE
- BOE-A-1988-18764
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1
- Artículo 2
- Artículo 3
- Artículo 4
- Artículo 5. Representación de los valores.
- Artículo 6. Documento de la emisión.
- Artículo 7. Entidades encargadas del registro contable.
- Artículo 7 bis. Sistema de registro y tenencia de valores.
- Artículo 8
- Artículo 9
- Artículo 10
- Artículo 11
- Artículo 12
- Artículo 12 bis. Traslado de valores y regla de la prorrata.
- Artículo 13
- Artículo 14
- Artículo 15
- Artículo 16
- Artículo 17
- Artículo 18
- Artículo 19
- Artículo 20
- Artículo 21
- Artículo 22
- Artículo 23
- Artículo 24
- Artículo 25. Libertad de emisión, colocación de emisiones y requisitos de elegibilidad para la admisión a negociación en un mercado secundario oficial.
- Artículo 26. Requisitos de información para la admisión a negociación en un mercado secundario oficial.
- Artículo 26 bis
- Artículo 27. Contenido del folleto.
- Artículo 28. Responsabilidad del folleto.
- Artículo 29. Validez transfronteriza del folleto.
- Artículo 30. Medidas preventivas.
- Artículo 30 bis. Oferta pública de venta o suscripción de valores.
- CAPÍTULO II
- Artículo 30 ter. Exención de requisitos.
- Artículo 30 quáter. Ámbito de aplicación del sindicato de obligacionistas.
- Artículo 31
- Artículo 31 bis. Autorización y revocación.
- Artículo 31 ter. Condiciones de ejercicio.
- Artículo 31 quáter. Nombramiento de consejeros y directivos y sustitución de la sociedad rectora.
- Artículo 32
- Artículo 32 bis. Normas adicionales establecidas por los mercados para la admisión de instrumentos financieros a negociación.
- Artículo 32 ter. Obligaciones en materia de abuso de mercado.
- Artículo 33. Suspensión de la negociación de instrumentos financieros.
- Artículo 34. Exclusión de negociación.
- Artículo 35. Obligaciones de información periódica de los emisores.
- Artículo 35.bis. Otras obligaciones de información.
- Artículo 35.ter. Responsabilidad de los emisores.
- Artículo 36
- Artículo 36 bis. Liquidación de operaciones.
- Artículo 36 ter. Liquidación de derechos u obligaciones de contenido económico asociados a los valores.
- Artículo 36 quáter. Garantías orientadas a mitigar el riesgo de liquidación.
- Artículo 37. Miembros de los mercados secundarios oficiales.
- Artículo 38. Acceso remoto.
- Artículo 39
- Artículo 40
- Artículo 41
- Artículo 42
- Artículo 43. Requisitos de transparencia.
- Artículo 44
- Artículo 44 bis. Los depositarios centrales de valores.
- Artículo 44 ter.
- Artículo 44 quáter. Posibilidades de elección de sistema de compensación y liquidación o de entidad de contrapartida central.
- Artículo 44 quinquies. Derecho a designar un sistema de liquidación.
- Artículo 44 sexies. Acceso a los sistemas de contrapartida central, compensación y liquidación.
- Artículo 44 septies. Sistema de información para la supervisión de la negociación, compensación, liquidación y registro de valores negociables.
- Artículo 44 octies. Seguimiento y control del correcto funcionamiento de los sistemas de negociación, compensación, liquidación y registro de valores.
- Artículo 45
- Artículo 46
- Artículo 47
- Artículo 48
- Artículo 49
- Artículo 50
- Artículo 51
- Artículo 52
- Artículo 53. Obligaciones del accionista y de los titulares de otros valores e instrumentos financieros.
- Artículo 53.bis. Obligaciones del emisor en relación a la autocartera.
- Artículo 53.ter. Medidas preventivas.
- Artículo 54
- Artículo 55
- Artículo 56
- Artículo 57
- Artículo 58
- Artículo 59. Mercados Secundarios Oficiales de Futuros y Opciones.
- Artículo 59 bis. Comunicación de operaciones a la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
- Artículo 60. Oferta pública de adquisición obligatoria.
- Artículo 60.bis. Obligaciones de los órganos de administración y dirección.
- Artículo 60 ter. Medidas de neutralización.
- Artículo 60 quáter. Compraventas forzosas.
- Artículo 61. Ofertas públicas de adquisición voluntarias.
- Artículo 61 bis. Del informe anual de gobierno corporativo.
- Artículo 61 ter. Del informe anual sobre remuneraciones de los consejeros.
- Artículo 62. Concepto de empresa de servicios de inversión y supuestos excluidos.
- Artículo 63. Servicios de inversión y servicios auxiliares.
- Artículo 64. Clases de empresas de servicios de inversión.
- Artículo 65. Otras entidades.
- Artículo 65 bis. Agentes de empresas de servicios de inversión.
- Artículo 65 ter. Contratación por vía electrónica.
- Artículo 66. Autorización y registro.
- Artículo 67. Denegación de la autorización y requisitos de acceso.
- Artículo 67 bis. Régimen de incompatibilidades y limitaciones.
- Artículo 68. Modificaciones estatutarias, alteración de los servicios de inversión y de los servicios auxiliares y cambios en los cargos de administración y dirección.
- Artículo 69
- Artículo 69 bis. Comunicación de estructura accionarial.
- Artículo 70. Requisitos financieros.
- Artículo 70 bis. Información sobre solvencia.
- Artículo 70 bis.Uno. Informe anual de empresas de servicios de inversión.
- Artículo 70 ter. Normas de gobierno corporativo y requisitos de organización interna.
- Artículo 70 ter.Uno. Comité de nombramientos.
- Artículo 70 ter.Dos. Obligaciones en materia de remuneraciones.
- Artículo 70 ter.Tres. Gestión del riesgo y comité de riesgos.
- Artículo 70 quáter. Conflictos de interés.
- Artículo 70 quinquies. Requisito combinado de colchones de capital.
- Artículo 70 sexies. Notificación de infracciones.
- Artículo 71. Actuación transfronteriza de las empresas de servicios de inversión españolas.
- Artículo 71 bis. Empresas de servicios de inversión autorizadas en otro Estado miembro de la Unión Europea.
- Artículo 71 ter. Medidas coercitivas.
- Artículo 71 quáter. Empresas de servicios de inversión no comunitarias.
- Artículo 72
Normas que la modifican o afectan (107)
Normas a las que afecta (13)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 24/1988?
- Ley 24/1988 está derogada desde el 2015-11-13: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 24/1988?
- El BOE registra 107 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 24/1988?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.