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Real Decreto 2119/1993, de 3 diciembre, sobre el procedimiento sancionador aplicable a los sujetos que actúan en los mercados financieros.

BOE-A-1993-30466 · Boletín Oficial del Estado, 1993-12-23 · Ministerio de Economía y Hacienda

Real Decreto 2119/1993 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.

Resumen

Esta norma regula el procedimiento sancionador aplicable a los sujetos que operan en los mercados financieros en España. Aplica a entidades financieras y otros actores del mercado desde su entrada en vigor el 4 de diciembre de 1993.

Los puntos clave de este Real Decreto incluyen: 1) Se garantiza el derecho de defensa de los expedientados, permitiéndoles utilizar todos los medios de defensa que consideren necesarios. 2) Se establece un plazo de un año para tramitar y resolver el procedimiento sancionador, con un procedimiento simplificado de cuatro meses para infracciones leves. 3) El instructor del procedimiento tiene la facultad de solicitar informes técnicos y jurídicos, y se contempla la posibilidad de adoptar medidas provisionales para asegurar la eficacia de la resolución final. 4) Se establece un pliego de cargos que detalla las infracciones y sanciones posibles, y se permite a los interesados presentar alegaciones en un plazo determinado.

Este Real Decreto no está derogado y sigue vigente, aplicándose de forma supletoria a los procedimientos sancionadores de las Administraciones de las Comunidades Autónomas en esta materia.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 2119/1993
Fecha de la disposición
1993-12-03
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 306, 1993-12-23
Entrada en vigor
1993-12-24
Departamento
Ministerio de Economía y Hacienda
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-17
Artículos
14
Identificador BOE
BOE-A-1993-30466
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

La aprobación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, que incluye un Título IX dedicado a la potestad sancionadora, hace necesario el adecuar la regulación de todos los procedimientos sancionadores a sus previsiones. El capítulo II del citado Título no contiene, en puridad, una regulación de un procedimiento sancionador, sino unos principios que han de inspirar las distintas regulaciones sectoriales y la actuación punitiva de la Administración. En esto, la nueva Ley se separa de la sistemática de su predecesora, ya que la Ley de Procedimiento Administrativo de 1958 sí contenía, en su Título VI, dedicado a los procedimientos especiales, una regulación de un procedimiento sancionador, entendiendo por tal una serie de trámites debidamente ordenados y relacionados entre sí, si bien aquella…

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Índice del articulado

Normas a las que afecta (12)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 2119/1993?
Real Decreto 2119/1993 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 2119/1993?
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