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Real Decreto Vigente

Artículo 3. Contenido del acuerdo de iniciación.

Artículo 3 del Real Decreto 2119/1993, de 3 diciembre, sobre el procedimiento sancionador aplicable a los sujetos que actúan en los mercados financieros. · BOE-A-1993-30466

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-12-24.

Texto consolidado

El acuerdo de iniciación tendrá el contenido previsto en el apartado 1 del artículo 13 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, con las siguientes excepciones:

a) La calificación de los hechos que motivan la incoación del procedimiento y la determinación de las sanciones que pudieran corresponder se diferirán al pliego de cargos.

b) No será de aplicación lo previsto en el párrafo d).

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-12-24.

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