Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.
BOE-A-1993-20748 · Boletín Oficial del Estado, 1993-08-09 · Ministerio para las Administraciones Públicas
Real Decreto 1398/1993 está derogada desde el 2016-10-02: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1398/1993
- Fecha de la disposición
- 1993-08-04
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 189, 1993-08-09
- Entrada en vigor
- 1993-08-10
- Departamento
- Ministerio para las Administraciones Públicas
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2016-10-02
- Consolidado actualizado
- 2025-12-17
- Artículos
- 29
- Identificador BOE
- BOE-A-1993-20748
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Preámbulo
La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC) en su título IX regula la potestad sancionadora. Concretamente en el Capítulo I establece los principios que informan el ejercicio de dicha potestad y en el Capítulo II los principios del procedimiento sancionador.
Esta regulación responde a la consideración de que el procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora se integra en el concepto de procedimiento administrativo común previsto en la Constitución para garantía del tratamiento común a los ciudadanos, plasmándose en los principios recogidos en la Ley que deben ser respetados por las concretas regulaciones de los procedimientos específicos.
Índice del articulado
- Artículo único.
- Disposición adicional única.
- Disposición transitoria única.
- Disposición final única.
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Imposición de sanciones.
- Artículo 3. Transparencia del procedimiento.
- Artículo 4. Régimen, aplicación y eficacia de las sanciones administrativas.
- Artículo 5. Concurrencia de sanciones.
- Artículo 6. Prescripción y archivo de las actuaciones.
- Artículo 7. Vinculaciones con el orden jurisdiccional penal.
- Artículo 8. Reconocimiento de responsabilidad o pago voluntario.
- Artículo 9. Comunicación de indicios de infracción.
- Artículo 10. Organos competentes.
- Artículo 11. Forma de iniciación.
- Artículo 12. Actuaciones previas.
- Artículo 13. Iniciación.
- Artículo 14. Colaboración y responsabilidad de la tramitación.
- Artículo 15. Medidas de carácter provisional.
- Artículo 16. Actuaciones y alegaciones.
- Artículo 17. Prueba.
- Artículo 18. Propuesta de resolución.
- Artículo 19. Audiencia.
- Artículo 20. Resolución.
- Artículo 21. Efectos de la resolución.
- Artículo 22. Resarcimiento e indemnización.
- Artículo 23. Procedimiento simplificado.
- Artículo 24. Tramitación.
- Disposición adicional única. Disposiciones especiales en el procedimiento sancionador de las infracciones del régimen de limitación de pagos en efectivo.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1398/1993?
- Real Decreto 1398/1993 está derogada desde el 2016-10-02: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1398/1993?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1398/1993?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.