Artículo 23. Procedimiento simplificado.
Artículo 23 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora. · BOE-A-1993-20748
Atención: Real Decreto 1398/1993 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Para el ejercicio de la potestad sancionadora en el supuesto de que el órgano competente para iniciar el procedimiento considere que existen elementos de juicio suficientes para calificar la infracción como leve, se tramitará el procedimiento simplificado que se regula en este capítulo.