Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas.
BOE-A-1988-17704 · Boletín Oficial del Estado, 1988-07-15 · Jefatura del Estado
Ley 19/1988 está derogada desde el 2011-07-03: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Ley 19/1988
- Fecha de la disposición
- 1988-07-12
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 169, 1988-07-15
- Entrada en vigor
- 1988-07-16
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2011-07-03
- Consolidado actualizado
- 2025-12-17
- Artículos
- 52
- Identificador BOE
- BOE-A-1988-17704
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren,
Índice del articulado
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Informe de auditoría de cuentas.
- Artículo 3.
- Artículo 4. Auditoría de cuentas consolidadas.
- Artículo 5. Régimen jurídico aplicable.
- Artículo 6. Registro Oficial de Auditores de Cuentas.
- Artículo 7. Autorización e inscripción en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.
- Artículo 8. Independencia.
- Artículo 8 bis. Periodo de cómputo temporal.
- Artículo 8 ter. Extensiones subjetivas de las causas de incompatibilidad.
- Artículo 8 quáter. Contratación y rotación.
- Artículo 8 quinquies. Prohibiciones.
- Artículo 8 sexies. Honorarios.
- Artículo 9. Baja en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.
- Artículo 10. Sociedades de auditoría.
- Artículo 11. Responsabilidad civil.
- Artículo 12. Fianza.
- Artículo 13. Deber de secreto.
- Artículo 14. Deber de conservación y acceso a la documentación.
- Artículo 14 bis. Informe anual de transparencia.
- Artículo 15. Potestad sancionadora.
- Artículo 16. Infracciones.
- Artículo 17.
- Artículo 18. Resoluciones.
- Artículo 19.
- Artículo 20.
- Artículo 21.
- Artículo 22. Control de la actividad de auditoría de cuentas.
- Artículo 23. Tasa del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas por emisión de informes de auditoría de cuentas.
- Artículo 24. Supervisión de auditores y entidades de auditoría autorizados en Estados miembros de la Unión Europea y deber de colaboración con los Estados miembros de la Unión E…
- Artículo 25. Supervisión de auditores y entidades de auditoría de terceros países y coordinación con autoridades competentes de terceros países.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta. Ejecución del control de calidad.
- Disposición adicional sexta. Responsabilidad administrativa de sociedades de auditoría extinguidas.
- Disposición adicional séptima. Autorización al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.
- Disposición adicional octava. Transparencia y publicidad.
- Disposición adicional novena. Entidades de interés público.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición transitoria cuarta.
- Disposición transitoria quinta.
- Disposición transitoria. Régimen sobre el cumplimiento de las obligaciones del auditor de cuentas consolidadas u otros estados financieros o documentos contables consolidados.
- Disposición final primera. Mecanismos de coordinación con Órganos o Instituciones Públicas con competencias de control o inspección.
- Disposición final segunda.
- Disposición final tercera.
- Disposición final cuarta.
- Disposición final quinta.
- Disposición derogatoria.
Normas que la modifican o afectan (18)
Normas a las que afecta (7)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 19/1988?
- Ley 19/1988 está derogada desde el 2011-07-03: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 19/1988?
- El BOE registra 18 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 19/1988?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.