Real Decreto 1816/1991, de 20 de diciembre, sobre Transacciones Económicas con el Exterior.
BOE-A-1991-30763 · Boletín Oficial del Estado, 1991-12-27 · Ministerio de Economía y Hacienda
Real Decreto 1816/1991 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-05.
Resumen
Esta norma regula las transacciones económicas con el exterior, estableciendo un marco de liberalización para los cobros, pagos y transferencias entre residentes y no residentes en España. Aplica a todas las personas y entidades que realicen estas operaciones desde su entrada en vigor el 1 de febrero de 1992.
Los puntos clave incluyen la liberalización de la mayoría de las transacciones exteriores, que ya no requieren autorización previa, salvo excepciones específicas como la exportación de moneda metálica y cheques por importes superiores a 5.000.000 pesetas. Además, se establece la obligación de realizar cobros y pagos a través de entidades registradas en el Banco de España y de declarar la salida de ciertos medios de pago por encima de 1.000.000 pesetas. También se mantienen mecanismos de control y seguimiento para asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y la prevención de actividades delictivas. Esta norma deroga varios decretos y órdenes anteriores relacionados con el control de cambios.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1816/1991
- Fecha de la disposición
- 1991-12-20
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 310, 1991-12-27
- Entrada en vigor
- 1992-02-01
- Departamento
- Ministerio de Economía y Hacienda
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-03-05
- Artículos
- 23
- Identificador BOE
- BOE-A-1991-30763
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 40/1979, de 10 de diciembre, sobre Régimen Jurídico de Control de Cambios, faculta al Gobierno para, en defensa de los intereses generales, regular, de acuerdo con lo dispuesto en dicha Ley, los actos, negocios, transacciones y operaciones de toda índole entre residentes y no residentes que supongan, o de cuyo cumplimiento se deriven o puedan derivarse, cobros o pagos exteriores.
En ejercicio de dicha facultad, y en aplicación del artículo 2 de la Ley citada, el Real Decreto 2402/1980, de 10 de octubre, sometió a la exigencia de previa autorización administrativa un amplio conjunto de transacciones y transferencias con el exterior, articulando así un régimen de control de cambios basado en el intervencionismo administrativo.
Índice del articulado
- Artículo 1.
- Artículo 2.
- Artículo 3.
- Artículo 4.
- Artículo 5.
- Artículo 6.
- Artículo 7.
- Artículo 8.
- Artículo 9.
- Artículo 10.
- Artículo 11.
- Artículo 12.
- Artículo 13.
- Artículo 14.
- Artículo 15.
- Artículo 16.
- Artículo 17.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición transitoria.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
Normas que la modifican o afectan (8)
Normas a las que afecta (26)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1816/1991?
- Real Decreto 1816/1991 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-05.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1816/1991?
- El BOE registra 8 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1816/1991?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.