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OrdenEstatal Vigente

Orden de 27 de diciembre de 1991 de desarrollo del Real Decreto 1816/1991, de 20 de diciembre, sobre transacciones económicas con el exterior.

BOE-A-1991-30911 · Boletín Oficial del Estado, 1991-12-31 · Ministerio de Economía y Hacienda

BOE-A-1991-30911 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.

Resumen

La Orden de 27 de diciembre de 1991 regula las transacciones económicas con el exterior, estableciendo procedimientos para los cobros, pagos y transferencias entre residentes y no residentes en España. Esta norma aplica a todos los residentes y no residentes que realicen operaciones económicas con el exterior desde el 1 de febrero de 1992.

Entre los puntos clave, se establece que los residentes pueden realizar cobros y pagos en divisas sin necesidad de declaración si no superan un millón de pesetas. Las entidades registradas deben informar sobre las transacciones realizadas, incluyendo datos como el importe y el país de origen o destino, y el incumplimiento de esta obligación puede considerarse una infracción. Además, los residentes pueden abrir cuentas en divisas en el extranjero y en entidades registradas en España, facilitando así la gestión de sus operaciones económicas. Por último, se requiere que los no residentes justifiquen el origen de los fondos al realizar operaciones con entidades registradas.

Esta norma no está derogada y sigue vigente en su aplicación.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Orden
Fecha de la disposición
1991-12-27
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 313, 1991-12-31
Entrada en vigor
1992-02-01
Departamento
Ministerio de Economía y Hacienda
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-17
Artículos
14
Identificador BOE
BOE-A-1991-30911
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

El Real Decreto 1816/1991, de 20 de diciembre, sobre transacciones económicas con el exterior, en su disposición final primera, determina que por el Ministro de Economía y Hacienda se dictarán las normas de desarrollo del mismo, y se establecerán los procedimientos de comunicación e información entre los órganos de la Administración del Estado competentes en materia de control de cambios, los órganos de la Administración Tributaria y el Banco de España.

En aplicación de dicha disposición, la presente Orden dicta las normas de procedimiento relativas a los cobros y pagos entre residentes y no residentes y las transferencias al y del extranjero derivadas de las transacciones económicas con el exterior.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (14)

RelaciónNorma
Se dicta de conformidad , sobre Residentes Titulares de Cuentas Bancarias en el Extranjero: Circular 1/1992, de 15 de enero
Se dicta de conformidad , sobre Prestamos y Creditos Exteriores: Circular 2/1992, de 15 de enero
Se dicta de conformidad , sobre Cuentas de no Residentes: Circular 3/1992, de 15 de enero
Se dicta de conformidad , sobre Prestamos y Creditos Exteriores: Circular 23/1992, de 18 de diciembre
Se dicta de conformidad , sobre Titulares de Cuentas Bancarias en el Extranjero: Circular 24/1992, de 18 de diciembre
Se dicta de conformidad Circular número 2/2001, de 18 de julio, sobre Declaración de operaciones y saldos de activos y pasivos exteriores en valores negociables.
Se dicta de conformidad los arts. 6 y 8, sobre residentes titulares de cuentas en el extranjero: Circular de 28 de julio de 2006
Se desarrolla los arts. 4, 5, 7 y 10, por Resolución de 7 de enero de 1992
Se desarrolla Resolución de 9 de julio de 1996, de la Dirección General de Política Comercial e Inversiones Exteriores, por la que se dictan normas para la aplicación de l…
Corrección de errores en BOE núm. 17, de 20 de enero de 1992
Se modifica los arts. 4 y 10, por Orden de 9 de julio de 1996
Se modifica con efectos de 1 de junio de 2012, los arts. 2, 5, 6 y 8, por Orden EHA/2670/2011, de 7 de octubre
Se deroga los Puntos 5 y 6 y se modifican los apartados 1 y 2 del art. 4, por Orden de 2 de febrero de 1993
Se deroga Orden EHA/1439/2006, de 3 de mayo, reguladora de la declaración de movimientos de medios de pago en el ámbito de la prevención del blanqueo de capitales.

Normas a las que afecta (3)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor BOE-A-1991-30911?
BOE-A-1991-30911 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
¿Qué normas modifican o afectan a BOE-A-1991-30911?
El BOE registra 14 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-1991-30911?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
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