Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias.
BOE-A-1991-14463 · Boletín Oficial del Estado, 1991-06-08 · Jefatura del Estado
Ley 20/1991 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
Datos clave
- Rango
- Ley 20/1991
- Fecha de la disposición
- 1991-06-07
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 137, 1991-06-08
- Entrada en vigor
- 1992-01-01
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-17
- Artículos
- 138
- Identificador BOE
- BOE-A-1991-14463
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I,
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Finalidad de la Ley.
- Artículo 2. Naturaleza del Impuesto.
- Artículo 3. Ambito espacial.
- Artículo 4. Hecho imponible.
- Artículo 5. Concepto de actividades empresariales o profesionales.
- Artículo 6. Concepto de entrega de bienes.
- Artículo 7. Concepto de prestación de servicios.
- Artículo 8. Concepto de importación de bienes.
- Artículo 9. Supuestos de no sujeción.
- Artículo 10. Exenciones en operaciones interiores.
- Artículo 11. Exenciones relativas a las exportaciones.
- Artículo 12. Exenciones en operaciones asimiladas a las exportaciones.
- Artículo 13. Exenciones relativas a los regímenes aduaneros y depósitos.
- Artículo 14. Exenciones en importaciones definitivas de bienes.
- Artículo 15. Exenciones en regímenes especiales de importación.
- Artículo 16. Lugar de realización de las entregas de bienes.
- Artículo 17. Lugar de realización de las prestaciones de servicios.
- Artículo 18. Devengo del Impuesto.
- Artículo 19. Sujetos pasivos en las entregas de bienes y en las prestaciones de servicios.
- Artículo 20. Repercusión del impuesto y rectificación de las cuotas repercutidas.
- Artículo 21. Sujetos pasivos en las importaciones de bienes.
- Artículo 21 bis. Responsables del impuesto.
- Artículo 22. Base imponible en las entregas de bienes y en las prestaciones de servicios: Regla general.
- Artículo 23. Base imponible en las entregas de bienes y en las prestaciones de servicios: Reglas especiales.
- Artículo 24. Regímenes de determinación de la base imponible en las entregas de bienes y en las prestaciones de servicios.
- Artículo 25. Base imponible en las importaciones: Regla general.
- Artículo 26. Base imponible en las importaciones: Reglas especiales.
- Artículo 27. Tipos impositivos.
- Artículo 28. Naturaleza y ámbito de aplicación.
- Artículo 29. Cuotas tributarias deducibles.
- Artículo 30. Exclusiones y restricciones del derecho a deducir.
- Artículo 31. Requisitos formales de la deducción.
- Artículo 32. Nacimiento del derecho a deducir.
- Artículo 33. Ejercicio del derecho a la deducción.
- Artículo 33 bis. Caducidad del derecho a la deducción.
- Artículo 34. Régimen de deducciones en actividades diferenciadas.
- Artículo 35. Regla de prorrata.
- Artículo 36. Clases de prorrata y criterios de aplicación.
- Artículo 37. La prorrata general.
- Artículo 38. Procedimiento de la prorrata general.
- Artículo 39. La prorrata especial.
- Artículo 40. Deducciones por bienes de inversión y regularización de las mismas.
- Artículo 41. Procedimiento para practicar la regularización de deducciones por bienes de inversión.
- Artículo 42. Transmisión de bienes de inversión durante el período de regularización.
- Artículo 43. Deducciones de las cuotas soportadas o satisfechas con anterioridad al inicio de la realización de entregas de bienes o prestaciones de servicios correspondientes a…
- Artículo 43 bis. Regularización de las cuotas correspondientes a bienes de inversión soportadas con anterioridad al inicio de la realización de las entregas de bienes o prestaci…
- Artículo 44. Rectificación de deducciones.
- Artículo 45. Supuestos generales de devolución.
- Artículo 46. Solicitud de devoluciones al fin de cada período de liquidación.
- Artículo 47. Garantías de las devoluciones.
- Artículo 48. Devoluciones a personas no establecidas en las Islas Canarias.
- Artículo 48 bis. Devolución en las cuotas abonadas por los adquirentes en las importaciones de bienes en el supuesto de ejercicio del derecho de desistimiento previsto en la Ley…
- Artículo 49. Regulación de los regímenes especiales del Impuesto General Indirecto Canario.
- Artículo 50. Contenido del régimen simplificado.
- Artículo 51. Determinación del volumen de operaciones.
- Artículo 52. Régimen especial de los bienes usados.
- Artículo 53. Régimen de objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.
- Artículo 54. Régimen especial de las agencias de viajes.
- Artículo 55. Ámbito de aplicación del régimen especial.
- Artículo 56. Contenido del régimen especial de la agricultura y ganadería.
- Artículo 57. Régimen de deducciones y compensaciones.
- Artículo 58. Obligados al reintegro de las compensaciones y deducción de las mismas.
- Artículo 58 bis. Recargo sobre las importaciones efectuadas por comerciantes minoristas.
- Artículo 58 ter. Régimen especial aplicable a las operaciones con oro de inversión.
- Artículo 58 quáter. Delimitación del grupo de entidades.
- Artículo 58 quinquies. Condiciones para la aplicación del régimen especial del grupo de entidades.
- Artículo 58 sexies. Causas determinantes de la pérdida del régimen especial del grupo de entidades.
- Artículo 58 septies. Contenido del régimen especial del grupo de entidades.
- Artículo 58 octies. Obligaciones específicas en el régimen especial del grupo de entidades.
- Artículo 58 nonies. Requisitos subjetivos de aplicación.
- Artículo 58 decies. Condiciones para la aplicación del régimen especial del criterio de caja.
- Artículo 58 undecies. Requisitos objetivos de aplicación.
- Artículo 58 duodecies. Contenido del régimen especial del criterio de caja.
- Artículo 58 terdecies. Efectos de la renuncia o exclusión del régimen especial del criterio de caja.
- Artículo 58 quaterdecies. Operaciones afectadas por el régimen especial del criterio de caja.
- Artículo 58 quinquiesdecies. Efectos del auto de declaración del concurso.
- Artículo 59. Obligaciones de los sujetos pasivos.
- Artículo 60. Documentos contables.
- Artículo 61. Liquidación del Impuesto.
- Artículo 62. Competencia en la administración del Impuesto.
- Artículo 63. Infracciones y sanciones.
- Artículo 64. Atribución del rendimiento del Impuesto.
- Artículo 65. Naturaleza.
- Artículo 66. Ámbito espacial.
- Artículo 67. Hecho imponible.
- Artículo 68. Supuestos de no sujeción.
- Artículo 69. Localización del hecho imponible por el concepto de entregas de bienes.
- Artículo 70. Exenciones en operaciones interiores.
- Artículo 71. Exenciones relativas a las exportaciones y a las operaciones asimiladas a las mismas.
- Artículo 72. Exenciones relativas a zonas y depósitos francos, depósitos y regímenes especiales de importación.
- Artículo 73. Exenciones en importaciones de bienes.
- Artículo 74. Regímenes especiales de importación.
- Artículo 75. Devengo del Arbitrio.
- Artículo 76. Sujetos pasivos.
- Artículo 77. Responsables del Arbitrio.
- Artículo 78. Repercusión del Arbitrio y rectificación de las cuotas repercutidas.
- Artículo 79. Base imponible en las entregas de bienes: regla general.
- Artículo 80. Base imponible en las entregas de bienes: reglas especiales.
- Artículo 81. Base liquidable en las entregas de bienes.
- Artículo 82. Base imponible en las importaciones.
- Artículo 83. Tipos impositivos.
- Artículo 84. Devoluciones en las exportaciones en régimen de viajeros.
- Artículo 85. Devolución de cuotas soportadas.
- Artículo 86. Garantías de las devoluciones.
- Artículo 87. Régimen especial simplificado.
- Artículo 88. Obligaciones de los sujetos pasivos.
- Artículo 89. Liquidación del Arbitrio.
- Artículo 90. Competencia en la administración del Arbitrio.
- Artículo 91. Infracciones y sanciones.
- Artículo 92. Atribución del rendimiento del Arbitrio.
- Artículo 93. Régimen transitorio del Fondo de Previsión para Inversiones.
- Artículo 94. Deducción por inversiones en Canarias.
- Artículo 94 bis. Deducciones de apoyo al emprendimiento y actividad económica aplicables en Canarias.
- Artículo 95. Compensación del hecho insular.
- Artículo 96. Distribución del Programa de Inversiones Públicas.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
Normas que la modifican o afectan (57)
Normas a las que afecta (20)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 20/1991?
- Ley 20/1991 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 20/1991?
- El BOE registra 57 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 20/1991?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.