Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.
BOE-A-1992-28741 · Boletín Oficial del Estado, 1992-12-29 · Jefatura del Estado
Ley 38/1992 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-15.
Datos clave
- Rango
- Ley 38/1992
- Fecha de la disposición
- 1992-12-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 312, 1992-12-29
- Entrada en vigor
- 1993-01-01
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-04-15
- Artículos
- 140
- Identificador BOE
- BOE-A-1992-28741
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren,
Índice del articulado
- Artículo 1. Naturaleza de los impuestos especiales.
- Artículo 2. Los impuestos especiales de fabricación.
- Artículo 3. Ambito territorial interno.
- Artículo 4. Conceptos y definiciones.
- Artículo 5. Hecho imponible.
- Artículo 6. Supuestos de no sujeción.
- Artículo 7. Devengo.
- Artículo 8. Obligados tributarios.
- Artículo 9. Exenciones.
- Artículo 10. Devoluciones.
- Artículo 11. Ultimación del régimen suspensivo.
- Artículo 12. Determinación de las bases.
- Artículo 13. Tipos impositivos.
- Artículo 14. Repercusión.
- Artículo 15. Fabricación, transformación y tenencia.
- Artículo 16. Circulación intracomunitaria.
- Artículo 17. Irregularidades en la circulación intracomunitaria.
- Artículo 18. Normas generales de gestión.
- Artículo 19. Infracciones y sanciones.
- Artículo 20. Conceptos y definiciones.
- Artículo 21. Exenciones.
- Artículo 22. Devoluciones.
- Artículo 23. Disposiciones particulares en relación con Canarias.
- Artículo 24. Ambito objetivo.
- Artículo 25. Base imponible.
- Artículo 26. Tipos impositivos.
- Artículo 27. Ambito objetivo.
- Artículo 28. Devengo.
- Artículo 29. Base imponible.
- Artículo 30. Tipos impositivos.
- Artículo 31. Ambito objetivo.
- Artículo 32. Supuestos de no sujeción.
- Artículo 33. Base imponible.
- Artículo 34. Tipo impositivo.
- Artículo 35. Infracciones y sanciones.
- Artículo 36. Ambito objetivo.
- Artículo 37. Devengo.
- Artículo 38. Base imponible.
- Artículo 39. Tipo impositivo.
- Artículo 40. Régimen de destilación artesanal.
- Artículo 41. Régimen de cosechero.
- Artículo 42. Exenciones.
- Artículo 43. Devoluciones.
- Artículo 44. Normas particulares de gestión.
- Artículo 45. Infracciones y sanciones.
- Artículo 46. Ambito objetivo.
- Artículo 47. Supuestos de no sujeción.
- Artículo 48. Base imponible.
- Artículo 49. Conceptos y definiciones.
- Artículo 50. Tipos impositivos.
- Artículo 50 bis. Tipos impositivos para biocarburantes y biocombustibles.
- Artículo 50 ter. Tipo impositivo autonómico.
- Artículo 51. Exenciones.
- Artículo 52. Devoluciones.
- Artículo 52 bis. Devolución parcial por el gasóleo de uso profesional.
- Artículo 52 ter. Devolución parcial por el gasóleo empleado en la agricultura y ganadería.
- Artículo 53. Normas particulares de gestión.
- Artículo 54. Prohibiciones y limitaciones de uso.
- Artículo 55. Infracciones y sanciones.
- Artículo 56. Ambito objetivo.
- Artículo 57. Supuestos de no sujeción.
- Artículo 58. Base imponible.
- Artículo 59. Conceptos y definiciones.
- Artículo 60. Tipos impositivos.
- Artículo 61. Exenciones.
- Artículo 62. Devoluciones.
- Artículo 63. Normas particulares de gestión.
- CAPÍTULO IX
- Artículo 64. Ámbito objetivo.
- Artículo 64 bis. Hecho imponible.
- Artículo 64 ter. No sujeción.
- Artículo 64 quáter. Devengo.
- Artículo 64 quinto. Exenciones.
- Artículo 64 quinquies. Contribuyentes.
- Artículo 64 sexto. Disposiciones especiales en relación con los intercambios intracomunitarios de energía eléctrica.
- Artículo 64 sexies. Base imponible.
- Artículo 64 septies. Tipo impositivo.
- Artículo 64 octies. Exenciones.
- Artículo 64 nonies. Devoluciones.
- Artículo 64 decies. Disposiciones especiales en relación con la circulación intracomunitaria.
- Artículo 65. Hecho imponible.
- Artículo 66. Exenciones, devoluciones y reducciones.
- Artículo 67. Sujetos pasivos.
- Artículo 68. Devengo.
- Artículo 69. Base imponible.
- Artículo 70. Tipo impositivo.
- Artículo 70 bis. Cuota del impuesto.
- Artículo 71. Liquidación y pago del impuesto.
- Artículo 72. Infracciones y sanciones.
- Artículo 73. Disposiciones particulares en relación con Ceuta y Melilla.
- Artículo 74. Disposiciones particulares en relación con el Régimen Económico Fiscal de Canarias.
- Artículo 75. Ámbito objetivo.
- Artículo 76. Ámbito territorial de aplicación.
- Artículo 77. Hecho imponible.
- Artículo 78. Supuestos de no sujeción.
- Artículo 79. Exenciones.
- Artículo 80. Devoluciones.
- Artículo 81. Sujetos pasivos.
- Artículo 82. Devengo.
- Artículo 83. Base imponible.
- Artículo 84. Tipos impositivos.
- Artículo 85. Repercusión del impuesto.
- Artículo 86. Normas de gestión.
- Artículo 87. Infracciones y sanciones.
- Artículo 88. Habilitación a la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
- Artículo 89. Naturaleza.
- Artículo 90. Ámbito objetivo.
- Artículo 91. Ámbito de aplicación.
- Artículo 92. Hecho imponible.
- Artículo 93. Supuesto de no sujeción.
- Artículo 94. Exenciones.
- Artículo 95. Devengo.
- Artículo 96. Contribuyentes.
- Artículo 97. Base imponible.
- Artículo 98. Base liquidable.
- Artículo 99. Tipo impositivo.
- Artículo 100. Cuota íntegra.
- Artículo 101. Repercusión.
- Artículo 102. Normas de gestión.
- Artículo 103. Infracciones y sanciones.
Normas que la modifican o afectan (91)
Normas a las que afecta (22)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 38/1992?
- Ley 38/1992 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-15.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 38/1992?
- El BOE registra 91 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 38/1992?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.