Artículo 88. Habilitación a la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Artículo 88 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales. · BOE-A-1992-28741
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-11-20.
Texto consolidado
La Ley de Presupuestos Generales del Estado podrá modificar los supuestos de no sujeción, las exenciones y los tipos de gravamen del impuesto.