Artículo 54. Régimen especial de las agencias de viajes.
Artículo 54 de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias. · BOE-A-1991-14463
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.
Texto consolidado
(Sin contenido)
Se deja sin contenido por la disposición final 6.7 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-22128#df-6
Se modifican los apartados 1 y 2 por el art. 1.29 de la Ley 16/1994, de 7 de junio. Ref. BOE-A-1994-12898.
Téngase en cuenta que estos apartados ya estaban modificados por el Real Decreto-ley 21/1993, de 29 de diciembre.
Se modifican los apartados 1 y 2 por el art. 1.27 del Real Decreto-ley 21/1993, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-1993-31154
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 8 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023..