Artículo 51. Determinación del volumen de operaciones.
Artículo 51 de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias. · BOE-A-1991-14463
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.
Texto consolidado
(Sin contenido)
Se deja sin contenido por la disposición final 6.7 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-22128#df-6
Redactado el apartado 2 conforme a la corrección de erratas publicada en BOE núm. 254, de 23 de octubre de 1991. Ref. BOE-A-1991-25681
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 5 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023..